El acto, fechado el 3 de diciembre de 2024, aprueba el inicio del proceso INAIPI-CCC-SI-2024-0011 y consigna una apropiación presupuestaria de RD$9,536,360.00. Designa cinco peritos para preparar especificaciones y evaluar ofertas; sin embargo, en la resolución denomina el procedimiento «Comparación de Precio electrónica», aunque en otras partes lo identifica como subasta inversa electrónica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El punto resolutivo aprueba una «Comparación de Precio electrónica», mientras que el acto identifica repetidamente el proceso como subasta inversa electrónica y el portal registra esa modalidad. La diferencia en la modalidad aprobada merece comprobarse en el expediente, aunque puede tratarse de un arrastre de plantilla.
“PRIMERO: APROBAR, como al efecto APRUEBA, el procedimiento de selección de Comparación de Precio electrónica Ref. INAIPI-CCC-Sl-2024-0011 para la ADQUISICION DE KITS DULCES PARA ACTIVIDADES DE LOS NIÑOS EN LOS CENTROS CAIPI Y CAFI A NIVEL N”
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
Para elaborar especificaciones y evaluar muestras y ofertas técnicas de kits de dulces y bizcochos, la lista incluye dos personas de Comunicaciones y una de la División de los Centros, pero no identifica a un especialista en alimentos o nutrición. Los cargos consignados no bastan para concluir falta de competencia, pero conviene verificar la experiencia y conocimientos pertinentes de los peritos.
“1. Gina Massiel Duval Santos (Técnico Administrativo/ Departamento De Comunicaciones). 2. Hillary Isabel de Peña Batista (Recepcionista de Comunicaciones). 3. José Armando González Batista (Ene. De la División de los Centros/División de Fis”
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Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona