Las especificaciones técnicas, fechadas solo como noviembre de 2024, establecen requisitos para cinco ítems de licencias y servicios relacionados con certificación digital, firma, sellado de tiempo y conservación de documentos, por un período de un año. Fijan evaluación técnica bajo cumple/no cumple y describen plazos de entrega y pagos por ítem; también nombran productos Viafirma y exigen certificación del fabricante sobre representación oficial en el país.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las especificaciones nombran Viafirma Inbox y Document y exigen certificación del fabricante que acredite representación oficial en el país, sin indicar equivalencia en estos requisitos. Esto puede restringir quién acredita la capacidad para suministrar la solución; conviene verificar la justificación técnica y la relación de estas condiciones con el objeto, considerando que el proceso se tramitó como proveedor único.
“la renovación de peticiones para los servicios de gestión de documento pendientes de firma para Viafirma Inbox y Document … Cumple si presenta Certificación sellada y firmada del fabricante indicando que el oferente cuenta con la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego exige que la propuesta técnica se valide únicamente con la información que incluya el oferente y prohíbe a los peritos consultar fuentes externas. Esto puede limitar la comprobación independiente de afirmaciones técnicas y certificaciones; el reglamento dispone que los peritos examinen la veracidad de la información y verifiquen el cumplimiento de los requisitos.
“La propuesta técnica debe valerse por sí misma, contener todas las informaciones requeridas sobre las especificaciones técnicas, sin que los peritos puedan consultar fuentes externas para validarla y evaluarla.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Los requisitos piden personal capacitado, experiencia profesional y formación técnica, pero el texto citado no fija niveles mínimos, cantidades o parámetros para determinar cuándo esos requisitos se cumplen. La falta de parámetros verificables puede dejar margen a evaluaciones diferentes entre oferentes.
“3. El oferente demuestra contar con personal capacitado disponible para la implementación de la solución. Cumple si presenta Experiencia profesional principal, con listado de personal capacitado disponible ante cualquier situación que se pr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona