El Comité de Compras de la OGTIC autorizó el 29 de noviembre de 2024 iniciar el procedimiento de excepción por proveedor único OGTIC-CCC-PEPU-2024-0011 y aprobó la solicitud de propuesta. Designó cinco peritos y ordenó publicar el proceso; según el portal, Avansi, SRL presentó una oferta y figura como adjudicataria por RD$18,676,400.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud de propuesta señalaba la adjudicación para el 13 de diciembre de 2024, mientras que el portal registra el contrato con fecha 10 de diciembre. Conviene verificar si se modificó el cronograma o si la fecha del portal refleja otra actuación, pues el acta aquí examinada solo autoriza iniciar el procedimiento.
“PRIMERA RESOLUCIÓN: AUTORIZAR al Departamento de Compras y Contrataciones de la OFICINA GUBERNAMENTAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (OGTIC), a iniciar el Procedimiento de Excepción por Proveedor único”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 61 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 61 — Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación
Artículo 61. Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación. Serán consideradas actuaciones obligatorias propias del procedimiento de contratación las siguientes fases: 1. La planificación de las contrataciones. 2. La preparación de las contrataciones. 3. La convocatoria al procedimiento de contratación. 4. Las aclaraciones y respuestas a los oferentes, así como posibles adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. 5. Las presentación, apertura y evaluación de ofertas. 6. La adjudicación. 7. El perfeccionamiento del contrato u orden de compra o de servicio. 8. La administración, gestión y liquidación del contrato u orden de compra o de servicio. Párrafo. En las compras y…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El portal registra una oferta y un contrato de Avansi por RD$18,676,400, exactamente el monto estimado del proceso, y no registra otras ofertas. En una selección directa por proveedor único, esta coincidencia merece revisar la razonabilidad del precio y su sustento; el artículo 161 contempla el análisis pericial de la propuesta y cotización.
“SEGUNDA RESOLUCIÓN: APROBAR la Solicitud de Propuesta del Procedimiento de Excepción por Selección Directa, a los fines de dar inicio al procedimiento de Excepción de Proveedor Único de la contratación anteriormente indicada.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Avansi, SRLLa certificación citada en el acta la identifica como distribuidor autorizado en República Dominicana de productos de software Viafirma; el portal registra su oferta y contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona