El Acta SIPEN-2024-[registro mercantil], de fecha 2024-11-29, aprueba una enmienda al proceso SIPEN-CCC-CP-2024-0005 tras observaciones de monitoreo preventivo de la DGCP. Modifica el cronograma, los requisitos de referencias, la vigencia de la oferta y su garantía, y las condiciones del anticipo y su garantía.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La cláusula exige que la garantía rija 30 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, fijada en el cronograma para el 17/01/2025, pero también establece expresamente vigencia hasta el 01/02/2025. Esa fecha fija queda 15 días después de la suscripción prevista, no 30; conviene aclarar cuál plazo regía.
“que esté vigente hasta treinta (30) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato y … Con una vigencia hasta el primero (1ro) de febrero del año dos mil veinticinco (2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El acta condiciona la devolución de la garantía al cumplimiento de todas las obligaciones del contrato. El artículo 205 del Reglamento 416-23 establece que la garantía se reduce a medida que se entregan bienes, servicios o cubicaciones, y que permanece hasta alcanzar el equivalente al anticipo; conviene precisar cómo se aplicaría esa reducción frente a la condición del acta.
““La garantía de buen uso de anticipo será devuelta cuando el(la) proveedor demuestre a que cumplió con todas las obligaciones del contrato.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 205 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 205 — Vigencia de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 205. Vigencia de la garantía de buen uso de anticipo. La garantía de buen uso del anticipo se reducirá a medida en que el proveedor entregue a la institución contratante los bienes, servicios o cubicaciones de obra, según corresponda, quedando vigente hasta alcanzar el equivalente al monto total del anticipo entregado.
El acta formaliza cambios el 29/11/2024 y, según el cronograma del portal, las ofertas debían presentarse el 03/12/2024: quedaban dos días hábiles completos tras la enmienda, además del día de recepción. Conviene verificar si ese margen fue proporcional a los cambios y permitió ajustar las ofertas en igualdad de condiciones, como requiere el reglamento.
““Sección II, numeral 11.1.2, Documentación técnica, acápite 15, el cual se leerá de la siguiente manera:””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección II, numeral 8 — Cronograma de actividadesSuscripción y publicación del contrato
El acta indica que había discrepancias entre los cronogramas; no reproduce las fechas anteriores.
Fija la suscripción del contrato para el 17/01/2025 a las 12:00 p. m. y su publicación para el 30/01/2025 a las 12:00 p. m.
Aclara
Sección II, numeral 11.1.2 — Documentación técnica, acápite 15Cartas de referencia de trabajos similares
Texto anterior del requisito no reproducido en el acta.
Exige dos cartas de referencia sobre al menos dos trabajos similares realizados en los últimos 24 meses; deben estar firmadas y timbradas e incluir satisfacción e información para confirmar los datos.
Endurece
Sección II, numeral 11.2, literales c) y d)Vigencia de la oferta y garantía de seriedad
El acta indica que la DGCP observó la vigencia de la garantía, pero no reproduce el texto anterior.
Establece que la oferta estará vigente hasta el 17/01/2025 y que la garantía será de 1% de la oferta, en la misma moneda, y tendrá vigencia hasta el 01/02/2025.
Endurece
Sección III, numeral 6 — Anticipo y garantía de buen usoPago del anticipo y garantía
El acta indica que la DGCP observó el plazo de pago del anticipo; no reproduce las condiciones anteriores.
Prevé un anticipo del 20%, pagadero tras la certificación del contrato por la Contraloría y contra garantía por el total del avance. Indica que la garantía se devolverá cuando se cumplan todas las obligaciones del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona