El 29 de noviembre de 2024, el Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento Municipal de Bánica designó tres peritos para elaborar el pliego y evaluar las ofertas de la adquisición de una motoniveladora. También ordenó remitir el pliego a la Consultoría Jurídica antes de su aprobación por el Comité.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fecha la designación de peritos el 29/11/2024 para elaborar el pliego y evaluar ofertas, mientras que el portal registra la convocatoria el 28/10/2024 y otros documentos del proceso sitúan la recepción de ofertas el 11/11/2024. La secuencia merece verificarse frente a los pliegos y actuaciones anteriores; el expediente podría contener una reapertura o una corrección posterior.
“En el Ayuntamiento Municipal de Bánica, Provincia Elías Piña, Rep. Dom., siendo las diez (10:00 A.M), de la mañana del día veintinueve (29) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), se reunieron los miembros del comité de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 70 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 70 — Pliego de condiciones estándar
Artículo 70. Pliego de condiciones estándar. La Dirección General de Contrataciones Públicas elaborará los modelos de pliego de condiciones, que contendrán los aspectos generales o centralizados y los aspectos específicos, y serán de utilización obligatoria por parte de los entes y órganos contratantes. Párrafo I. Los pliegos de condiciones estándar deberán ser adaptados para cada procedimiento de selección, por las respectivas unidades operativas de contrataciones, considerando los requerimientos efectuados por las unidades requirentes, los resultados de los estudios previos y las necesidades institucionales. Párrafo II. Los pliegos de condiciones elaborados por los peritos, para ser…
El documento fundamenta los procedimientos de selección en el Reglamento 543-12. El proceso se convocó en octubre de 2024, cuando el Reglamento 416-23 ya había entrado en vigencia y derogado el 543-12; conviene verificar si esta referencia tuvo algún efecto en las actuaciones posteriores, pues este acto por sí solo no demuestra que alterara la evaluación o el resultado.
“CONSIDERANDO: Que el reglamento de aplicación de la Ley sobre Compras y Contrataciones, aprobado mediante decreto No 543-12, de fecha 06 de septiembre del 2012, establece los procedimientos de selección a los que se sujetaran las compras y ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 251 · Reglamento 416-23, art. 253 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 251 — Derogaciones
Artículo 251. Derogaciones. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, queda derogado el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras núm. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, así como toda disposición contenida en reglamentos, decretos, así como normas de igual o menor jerarquía, que le sean contrarias.
Reglamento 416-23, artículo 253 — Entrada en vigencia
Artículo 253. Entrada en vigencia. El presente reglamento, a excepción del artículo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis (6) meses a partir de su promulgación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona