La circular del 27 de noviembre de 2024 responde 19 consultas sobre muestras, características técnicas y credenciales financieras del proceso EDENORTE-CCC-LPN-2024-0026. Entre sus precisiones, confirma que no se exigirá línea de crédito, que el interruptor principal de 150 A del módulo MMC-18 no es requerido y que ciertos requisitos de comunicación integrados y RFID no son obligatorios; también aclara muestras por ítem y criterios financieros.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular responde afirmativamente a los parámetros financieros de la consulta, pero el criterio de endeudamiento mezcla límites y signos de desigualdad incompatibles, por lo que no queda inequívoco qué valor cumple. La respuesta remite al criterio del pliego, pero no aclara esta discrepancia en la circular.
“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)? Respuesta: Si, este es el criterio firanciero contemplado para este proceso y se presentara en el pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se eliminan interfaces físicas exigibles para configuraciones con módem integrado; se mantiene la comprobación de comunicación e integración.; Se admite también el valor de 0.12 A frente al valor de 0.10 A planteado en la consulta..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La consulta plantea una línea de crédito equivalente al 20% del monto referencial como posible soporte financiero.
No se solicitará línea de crédito; se usarán estados financieros auditados de los dos últimos años y certificaciones vigentes de TSS y DGII.
RelajaQuita un control: Se elimina el respaldo financiero específico de una línea de crédito, aunque permanecen los estados financieros auditados y las certificaciones fiscales y de seguridad social.
Ficha técnica del ítem 1009546 MMC-18Interruptor principal de 150 A
La ficha técnica consultada contemplaba un interruptor principal de 150 A.
EDENORTE confirma que ese interruptor no es requerido para este proceso.
RelajaQuita un control: Se suprime una característica técnica verificable del módulo ofertado.
Fichas técnicas de medidoresRFID
RFID aparece en las consultas como requisito de las especificaciones citadas, aunque dentro de características opcionales en las fichas.
RFID no es obligatorio si no se indica en el pliego de condiciones correspondiente.
RelajaQuita un control: Se descarta la comprobación de la disponibilidad de RFID para los ítems afectados, salvo que el pliego específico lo exija.
Fichas técnicas de medidoresInterfaces de comunicación para módem integrado
Se consultó si RS232/RS485 y RJ45 eran obligatorios aun cuando el módulo 4G estuviera integrado.
RS232 o RS485 se exigen para módem externo; con módem integrado no se requiere RJ45, pero debe comunicarse con el medidor e integrarse al software de la distribuidora.
RelajaQuita un control: Se eliminan interfaces físicas exigibles para configuraciones con módem integrado; se mantiene la comprobación de comunicación e integración.
Ficha técnica del artículo 1009469Corriente de arranque para medidor ANSI
La consulta señala como referencia una corriente de arranque de 0.10 A para el medidor CL200.
EDENORTE acepta para medidores ANSI la equivalencia 0.004 IB (IEC), de 0.12 A o 0.10 A.
RelajaQuita un control: Se admite también el valor de 0.12 A frente al valor de 0.10 A planteado en la consulta.
Fichas técnicas de medidoresCompatibilidad de red del módulo de comunicación
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La consulta pregunta si el módulo debe soportar 3G cuando 4G no esté disponible.
El módulo debe degradar a la red de mayor cobertura disponible, incluso si es inferior a 4G LTE.
Aclara
Fichas técnicas de medidoresNúmero de muestras
La consulta pregunta cuántas muestras presentar para los artículos enumerados y si bastan dos para dos ítems con el mismo modelo.
Se fijan dos muestras para cada uno de los ítems 1009022, 1009023, 1009469, 1009470, 1009521, 1009523 y 1009551; una para 1009546, 1009614 y 1009615; y dos por ítem para 1008056 y 1009523.
Aclara
Fichas técnicas de medidores socketFrecuencia RF y software de gestión
La consulta indica que las fichas no precisan frecuencia ni sistema RF compatible.
La circular precisa comunicación mediante la estructura RF instalada en EDENORTE, en 2.4 GHz, y el software Onramp Total View (OTV) de Trilliant.