El pliego enmendado establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional EDENORTE-CCC-LPN-2024-0022 para adquirir una unidad de almacenamiento All-Flash, con valor referencial de RD$7,531,250.00. Fija la recepción de ofertas para el 10 de diciembre de 2024, un plazo de entrega de hasta 60 días calendario desde la certificación del contrato y el pago del anticipo, y un anticipo del 20% del monto adjudicado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de evaluación económica exige que la garantía de seriedad sea una póliza, aunque el mismo pliego admite póliza o garantía bancaria. La exigencia de una sola modalidad reduce las opciones admitidas para cumplir el requisito y merece revisión frente a la regla reglamentaria que reconoce ambas.
“Esta deberá ser presentada mediante póliza expedida por una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia de Seguros para a operar en la República Dominicana.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
El anticipo se calcula sobre el monto adjudicado y debe quedar cubierto en su totalidad, pero el pliego describe la garantía de buen uso como 20% del monto de la oferta. Si ambos importes difieren, la fórmula no asegura expresamente que la garantía equivalga al anticipo efectivamente recibido.
“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario (a) como parte de las condiciones de pago, que asciende al veinte por ciento (20%) del monto adjudicado, y será entregada luego de la certificación del contrato en la Contraloría General de ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 204 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.
El pliego primero calcula la garantía sobre el monto de la oferta y luego indica que se calcule sobre el monto de la adjudicación. La diferencia puede alterar la garantía exigida; el Reglamento fija como base el monto adjudicado.
“Póliza o Garantía Bancaria por un monto equivalente a cuatro por ciento (4%) del monto de la oferta a presentar. … por el equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto de la adjudicación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
El pliego prohíbe la participación simultánea de empresas que coincidan en cualquier socio o accionista, sin limitarlo a control societario, ofertas presentadas por un mismo oferente o pertenencia a un consorcio. Esa regla puede excluir ofertas de personas jurídicas distintas por una coincidencia accionaria que, por sí sola, no demuestra que sean una sola oferta.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…
Se exige una factura de energía pagada y, si no está a nombre del oferente o de personas vinculadas, documentación que pruebe la vinculación del servicio. El pliego no conecta ese comprobante con la capacidad de suministrar el equipo, por lo que el requisito puede añadir una barrera documental ajena a la aptitud técnica o financiera.
“Copia de la última factura de energía eléctrica donde se evidencie que el Oferente se encuentra al día en el pago del servicio. Nota: En caso de que la factura presentada no figure a nombre del Oferente, representante legal o socios indicad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Formularios y visita técnicaFormulario de visita técnica
La enmienda elimina el formulario de visita técnica.
El pliego enmendado no incluye ese formulario entre los anexos enumerados.
Relaja
AnexosDesignación de agente autorizado
No se identifica una carta de aceptación de la designación de agente autorizado en la información disponible sobre el pliego previo.
La enmienda incorpora la carta de aceptación de designación de agente autorizado como Formato 9.
Endurece
Condiciones de pagoAnticipo
La enmienda fija el anticipo en 20% del valor adjudicado; no se precisa el porcentaje previo en la información disponible.
Se establece un anticipo del 20%, pagadero después de la certificación del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.