El acta del 26 de noviembre de 2024 aprueba modificaciones al cronograma y a las condiciones de vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad del proceso INESPRE-CCC-CP-2024-0004. Entre otros cambios, fija la adjudicación para el 20 de diciembre de 2024, la presentación de la garantía de fiel cumplimiento hasta el 2 de enero de 2025 y la suscripción del contrato hasta el 23 de enero de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta está fechada el 26/11/2024, pero modifica el plazo de consultas para que terminara el 25/11 a las 10:40 a. m., antes de aprobarse la enmienda. El cronograma no deja una nueva oportunidad para consultas sobre los cambios, aspecto que merece revisión conforme a la regla de preguntas y respuestas sobre modificaciones del pliego.
“En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), del día veintiséis (26) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024) ... 2. Período para realizar consultas y/ o aclaraciones ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta
Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.
El cronograma permite notificar la adjudicación hasta el 27/12/2024 y fija la constitución de la garantía de fiel cumplimiento hasta el 02/01/2025. Si la notificación se produce en la fecha límite, entre el día siguiente y el vencimiento hay tres días hábiles, contando el 30 y 31 de diciembre y el 2 de enero; el reglamento establece cinco días hábiles desde la notificación.
“16. Notificación de adjudicación (artículo 134 Hasta el Viernes 27 de Diciembre Reglamento núm. 416-23). del 2024 … 17. Plazo para la constitución de la garantía de fiel Hasta el Martes 02 de Enero cumplimiento de contrato. del 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · Reglamento 416-23, art. 250 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Reglamento 416-23, artículo 250 — Régimen de los plazos
Artículo 250. Régimen de los plazos. Los plazos establecidos en este reglamento se contarán siempre a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación, según corresponda. Siempre que en la ley o en este reglamento no se exprese de otro modo, los plazos señalados en días se entenderán como días hábiles y, para su cómputo, se excluirán los sábados, domingos y feriados. Cuando se indique que se trata de días calendario, los sábados, domingos y feriados se incluirán en el cómputo del plazo. En todos los casos, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil subsiguiente.
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma de actividadesPlazo para consultas y presentación de ofertas
Consultas hasta el 25/11/2024 a las 4:00 p. m.; ofertas hasta el 28/11/2024 a las 10:30 a. m.
Consultas hasta el 25/11/2024 a las 10:40 a. m.; ofertas hasta el 28/11/2024 a las 10:40 a. m.
Endurece
Cronograma de actividadesEvaluación, notificaciones y plazos posteriores a la adjudicación
Ponderación de subsanaciones el 06/12; resultados el 09/12; apertura económica el 10/12 a las 10:00 a. m.; subsanación de garantía de seriedad hasta el 19/12; notificación de adjudicación el 23/12; garantía de fiel cumplimiento el 07/01/2025; contrato hasta el 14/01/2025; publicación el 22/01/2025.
Ponderación de subsanaciones el 05/12; resultados el 06/12; apertura económica el 10/12 a las 10:30 a. m.; subsanación de garantía de seriedad hasta el 18/12; notificación de adjudicación hasta el 27/12; garantía de fiel cumplimiento hasta el 02/01/2025; contrato hasta el 23/01/2025; publicación el 24/01/2025.
Neutral
Contenido de la oferta económicaVigencia de la oferta y garantía de seriedad
Oferta vigente hasta el 22/01/2025; garantía de seriedad vigente hasta el 05/02/2025.
Oferta vigente hasta el 23/01/2025; garantía de seriedad vigente hasta el 20/02/2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona