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Abriendo la ficha…

Pliego

pliego modificaciones.pdf

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLES PARA SER UTILIZADO EN ABASTECIMIENTO ASIGNACIÓN A PERSONAL, PLANTA ELÉCTRICA Y FLOTILLA DE VEHÍCULOS DE ESTE AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO NORTE. · Ayuntamiento Santo Domingo Norte

Publicado el 25 nov de 20246 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDN-CCC-LPN-2024-0003

Lo que dice

El pliego fija la adquisición de combustibles en dos lotes: tickets por RD$8,000,000.00 y 24,216 galones de gasoil por RD$5,366,250.00, con recepción de ofertas prevista para el 27 de noviembre de 2024. Exige, entre otros requisitos técnicos, una certificación de garantía emitida por REFIDOMSA y un mínimo de cinco bombas distribuidoras dentro del municipio de Santo Domingo Norte. El total referencial del pliego es RD$13,366,250.00, mientras que el portal registra RD$13,366,023.44.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Mínimo de cinco bombas dentro del municipio

Documento del 25 nov 2024 · hace 1 año

El pliego exige que cada oferente presente cinco bombas distribuidoras dentro de Santo Domingo Norte. La condición territorial puede limitar la participación de proveedores sin esa infraestructura local; conviene verificar su necesidad y proporcionalidad frente al objeto.

“El oferente deberá presentar un mínimo de cinco (5) bombas distribuidoras de combustible dentro del Municipio de Santo Domingo Norte (NO SUBSANABLE).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

Certificación exigida exclusivamente a nombre de REFIDOMSA

Documento del 25 nov 2024 · hace 1 año

La garantía del combustible debe certificarse por REFIDOMSA y el requisito es no subsanable. Conviene verificar si existían alternativas equivalentes de acreditación de calidad para proveedores que se abastecen por otras vías, pues la exigencia puede restringir la participación.

“El oferente participante debe presentar certificación de Garantía del Combustibles que oferta, dicha certificación emitida por La Refinería Dominicana, S. A. (REFIDOMSA) (NO SUBSANABLE).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentosRD$227

Diferencia entre el total referencial y el monto publicado en el portal

Documento del 25 nov 2024 · hace 1 año

Los valores por lote del pliego suman RD$13,366,250.00; el portal registra un monto estimado de RD$13,366,023.44, una diferencia de RD$226.56. Conviene conciliar cuál cifra sirvió de referencia presupuestaria; el contexto también registra una apropiación de RD$13,366,250.00 en otro documento del proceso.

“El valor referencial para esta compra del Lote 1 asciende a Ocho Millones de pesos dominicanos con 00/100 (RD$8,000,000.00) … El valor referencial para esta compra del Lote 2 asciende a Cinco Millones Trecientos Sesenta y Seis Mil Dosciento”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Oferentes que registra (3)

3 habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.El portal registra la oferta como cargada/calificada; el contexto indica monto registrado de RD$0.Habilitado—RD$0
Diesel Extremo, SRLEl portal registra la oferta como cargada/calificada.Habilitado—RD$5,366,023
Sigma Petroleum Corp, SASEl portal registra la oferta como cargada/calificada.Habilitado—RD$5,366,023

Otros documentos del proceso (16)

  • ACTO DE APROBACION DE LA MODALIDA LPN Y PERICIAL.pdfDocumento · 11 oct de 2024
  • dictamen juridico LPN.pdfDictamen · 11 oct de 2024 · 1 señal
  • fondos.pdfCertificación de fondos · 11 oct de 2024
  • nota aclaratoria presupuesto.pdfDocumento · 11 oct de 2024
  • pliego de condiciones.pdfPliego · 11 oct de 2024 · 4 señales
  • requisicion.pdfSolicitud de compra · 11 oct de 2024 · 1 señal
  • solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 11 oct de 2024 · 2 señales
  • convocatoria.pdfDocumento · 11 oct de 2024
  • ACTO DE APROBACION DE LA MODALIDA LPN Y PERICIAL.pdfPliego · 11 oct de 2024 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 25 nov de 2024
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 25 nov de 2024
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docx

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Documento · 25 nov de 2024
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