El pliego establece la compra de combustibles en dos lotes: tickets por RD$8,000,000 y 24,216 galones de gasoil por un valor referencial de RD$5,366,250, para un total de RD$13,366,250. Fija la recepción de ofertas para el 27 de noviembre de 2024 y regula la evaluación, adjudicación y ejecución; sin embargo, también contiene una fecha de recepción de ofertas que contradice ese cronograma.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija la presentación para el 27 de noviembre de 2024, pero otra disposición del mismo pliego establece como límite el 14 de octubre de 2024, fecha de la convocatoria. La contradicción puede afectar la certeza del plazo de participación y requiere verificarse frente a las actuaciones publicadas en el SECP.
“Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) y de las muestras | 27 de noviembre del 2024 a las 02:00 pm … Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego indica que la presencia del notario no será obligatoria en la apertura económica, mientras que el Reglamento 416-23 establece que dicha apertura se realiza en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y del notario público. La diferencia reduce una formalidad de control y certificación del acto.
“el acto de apertura se llevará a cabo en presencia del CCC, DAF, la UOCC y los oferentes interesados, no será obligatoria la presencia de notario.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 126 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 126 — Apertura de las ofertas económicas
Artículo 126. Apertura de las ofertas económicas. En el día y hora establecido en el pliego de condiciones se iniciará con la apertura de las ofertas económicas en presencia del Comité de Compras y Contrataciones, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo. De haber sido presentadas ofertas en soporte papel, el mismo día, hora y acto, el titular del área jurídica las presentará al Comité de Compras y Contrataciones para que se proceda con su apertura.
El pliego propone desempatar por el mayor beneficio en localidad y disponibilidad de entrega, sin precisar una escala o método de comprobación más allá de exigir constancia en la oferta. El Reglamento 416-23 establece criterios específicos de desempate y, en los supuestos previstos, selección al azar; conviene verificar cómo se aplicaría esta regla ante un empate real.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que contenga el mayor beneficio tanto en localidad como en disponibilidad de entrega. Para confirmar el cumplimiento con el criterio deberá existir con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Según los datos del portal suministrados, Diesel Extremo y Sigma Petroleum registran cada uno RD$5,366,023, aunque el resumen disponible no permite determinar si cotizaron el mismo lote o alcance. El pliego fija para el Lote 2 un valor referencial de RD$5,366,250; conviene contrastar las ofertas económicas detalladas y su desglose antes de extraer conclusiones sobre la coincidencia.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona