La Resolución de adjudicación núm. CCC-2024-05, de 2024-11-22, adjudica prendas y accesorios a cinco empresas por un total de RD$76,938,214.90, distribuidos entre los lotes I, II y III. El acta registra además que Solution 24/7 M&A, SRL comunicó que ya no tenía disponibles las cantidades ofertadas y no continuó en el procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra para Empresas Peralta un contrato de RD$11,569,900, frente a los RD$9,805,000 adjudicados en el acta; para Onansas registra RD$5,364,746, frente a RD$5,364,551.40 adjudicados. Conviene comprobar si los contratos reflejan cambios de alcance u otra explicación documentada.
“Por el monto de RD$9,805,000.00 (NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100). … Por el monto de RD$5,364,551.40 (CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 40/100).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 171 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 9
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato
Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.
El acta afirma que se adjudicó considerando la calidad, aunque el resumen de la Enmienda No. 01-2024 indica que sustituyó el criterio de menor precio y mayor calidad por el de menor precio. Esta diferencia entre el criterio modificado y la justificación de la adjudicación amerita contrastarse con la evaluación económica y el pliego vigente.
“sean adjudicadas por ser las más convenientes a razón de los servicios, idoneidad, menor precio y calidad de sus propuestas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Según los datos de DGII consultados en 2026, Solucorp y Empresas Peralta figuran con actividad de venta de equipos de oficina, y Onansas con venta de equipos informáticos; son giros distintos del suministro de prendas y accesorios. El dato es posterior a la adjudicación de 2024 y no establece cuál era su actividad entonces, pero conviene verificar su capacidad y habilitación al momento del proceso.
“ADJUDICAR a la compañía EMPRESAS PERALTA, SRL., por los bienes y servicios indicados más abajo, debiendo entregar los mismos a partir de la firma del contrato correspondiente”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona