El pliego establece las condiciones para la comparación de precios POLICIA NACIONAL-CCC-CP-2024-0162, convocada para adquirir rotulaciones de cuatro tipos de vehículos y reservada a empresas MiPymes. Fija un valor referencial de RD$5,361,920.00 y la adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan los demás criterios. El documento contiene fechas de entrega incompatibles entre sí y declara no subsanable la documentación técnica, incluyendo certificados de experiencia.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego marca toda la documentación técnica como no subsanable e incluye entre ella certificaciones de experiencia. El artículo 120 del Reglamento permite subsanar documentos de credenciales si el requisito ya se cumplía al presentar la oferta o era inherente a la capacidad; la regla del pliego podría impedir esa subsanación en esos supuestos.
“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] … 3) Certificaciones de experiencia, con las siguientes informaciones: nombre de la entidad contratante, el Contratista, el objeto de la compra, las fechas de inicio y finalización, el cargo des”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
El pliego indica que los bienes deben entregarse antes del 10/12/2024, aunque el cronograma fija la adjudicación para el 10/12 y otra tabla establece la entrega el 18/12/2024. La diferencia puede afectar la preparación de ofertas y la exigibilidad del plazo; conviene verificar cuál fecha rigió, pues el propio cronograma también prevé la firma del contrato para el 18/12.
“El adjudicatario(a) entregará/ prestará los bienes adjudicados antes del 10/12/2024 en el En Departamento Repuestos y suministros, ubicada en la Av. Jaco Majluta de la Policía Nacional. … 100 … 18/12/2024”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
MELVIN AZARIAS HERRERA CONTRERASEl portal registra un contrato cerrado y confirmado a su nombre; el pliego establece la adjudicación basada en menor precio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona