El certificado de apropiación presupuestaria del proceso ISFODOSU-CCC-LPN-2024-0012 está fechado el 12 de noviembre de 2024 y consigna RD$177,063.43 para la adquisición e instalación de aires acondicionados. Esa cifra es muy inferior al monto estimado del proceso registrado en el portal, RD$17,706,343.48.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El certificado consigna RD$177,063.43, mientras que el monto estimado del proceso en el portal es RD$17,706,343.48; la certificación equivale aproximadamente al 1 % de ese estimado. Debe verificarse si existe otra apropiación que complete los fondos, pues el reglamento exige saldo suficiente para cubrir el monto total que se pagará durante el año.
“Se CERTIFICA que el Presupuesto General del Estado para el año 2024, aprobado por Ley , dispone de balance de Apropiación Presupuestaria suficiente para iniciar procesos de contratación de bienes, obras y servicios por el monto indicado en ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso es por RD$0.2 millones; se adjudicaron RD$15.2 millones y el monto estimado era RD$17.7 millones. Puede corresponder a un período (un trimestre o el año fiscal en curso) y no al contrato completo, pero la ley pide que haga constar el monto total del egreso previsto. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona