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Abriendo la ficha…

Pliego

2. Pliego de condiciones estandar Obras.pdf

CONSTRUCCION DE CONTENES EL DISTRITO MUNICIPAL DE SAN LUIS · Junta de Distrito Municipal San Luis

Publicado el 13 nov de 2024Fechado el 7 oct de 202446 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JMSL-CCC-CP-2024-0002

Lo que dice

El pliego establece las reglas para contratar la construcción de contenes en el Distrito Municipal de San Luis mediante comparación de precios, con presupuesto base de RD$8,445,461.82. La portada indica fecha 2024-10-08 y el cronograma fija la convocatoria para el 14 de noviembre de 2024.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$8.4 millones

Certificaciones de sostenibilidad e integridad como requisitos habilitantes

Documento del 13 nov 2024 · hace 1 año

El pliego exige como condición de habilitación certificaciones de sostenibilidad y de un sistema de gestión antisoborno, con ejemplos de estándares específicos. Para una obra de contenes con presupuesto de RD$8,445,461.82, conviene verificar la justificación y proporcionalidad de exigir estas certificaciones a todos los oferentes, pues podrían restringir la participación.

“Presentar certificación que acredite al menos una de esas prácticas. (IQNet SR10 Gestión de la responsabilidad social y estándar SA 8000 Social Accountability International (SAI) o certificación equivalente. … Presentar certificación que la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$8.4 millones

Experiencia exigida en obras de monto superior al presupuesto

Documento del 13 nov 2024 · hace 1 año

Para la empresa se exigen tres proyectos de obras civiles de monto aproximado a RD$10,000,000.00, superior al presupuesto base de RD$8,445,461.82; además, se imponen requisitos de experiencia por montos similares al personal clave. La escala de estos requisitos merece revisión frente al valor y la complejidad del objeto para determinar si es proporcional.

“Presentar evidencia de experiencia en mínimo tres (3) proyectos ejecutando obras civiles de un monto aproximado a RD$10,000,000.00.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Anticipo de 25 % para MIPYMES, con reglas contradictorias

Documento del 13 nov 2024 · hace 1 año

Una cláusula prevé un anticipo del 25 % para adjudicatarios MIPYMES, mientras otra fija 20 % también para estos. El Reglamento establece que el anticipo no puede superar 20 %; la discrepancia deja incierto el monto de avance aplicable y una de las cláusulas permitiría exceder ese límite.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11, que asciende al 20% de anticipo descrito en el este pliego para los proveedores que no son mipymes y a un 25% si se ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Documentación técnica declarada no subsanable

Documento del 13 nov 2024 · hace 1 año

El pliego etiqueta como no subsanable la documentación técnica, que incluye experiencia del contratista y del personal, aunque el Reglamento dispone que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad. La regla puede llevar a excluir ofertas por documentación acreditativa subsanable.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio de menor costo sin metodología concreta de cálculo

Documento del 13 nov 2024 · hace 1 año

El pliego declara que adjudicará por menor costo y menciona factores adicionales, pero no concreta datos ni metodología para calcular el costo del ciclo de vida. Esto puede dejar incertidumbre sobre cómo se compararán las ofertas y cómo se determinará la más conveniente.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es: adjudicación basada en menor costo. … la selección de la oferta más conveniente deberá ser el resultado de la comparación de t”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Oferentes que registra (6)

6 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Machen, SRLEl portal registra la oferta como «Cargada / Pendiente»; este pliego no determina su habilitación.Mencionado—RD$0
Maria Elaina Ventura PeñaEl portal registra la oferta como «Cargada / Pendiente»; este pliego no determina su habilitación.Mencionado—RD$0
Osvaldo Valentin Valera JiménezEl portal registra la oferta como «Cargada / En tratamiento»; este pliego no determina su habilitación.Mencionado—RD$7,178,643
Equipos Construcciones & Asfalto Tryse, SRLEl portal registra la oferta como «Cargada / Pendiente»; este pliego no determina su habilitación.Mencionado—RD$7,438,269
Diseños Presupuestos y Construcciones, SRLEl portal registra la oferta como «Cargada / En tratamiento»; este pliego no determina su habilitación.Mencionado—RD$7,600,928
Inmobiliaria Sixto 23, SRLEl portal registra la oferta como «Cargada / En tratamiento»; este pliego no determina su habilitación.Mencionado—RD$7,698,920

Otros documentos del proceso (17)

  • Contrato de Obra 5.3.24 VF.docxContrato · 12 nov de 2024
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 12 nov de 2024
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_F035_Soporte_Tecnico.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_F037_Personal_Oferente.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 13 nov de 2024
  • FICHA TECNICA SOLO CONTENES AYUNTAMIENTO.xls

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Pliego · 13 nov de 2024
  • ACTA DE APROVACION DE LAS BASES DE CONTRATACION.pdfPliego · 13 nov de 2024
  • ACTA DE APROVACION.pdfActa · 13 nov de 2024
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 13 nov de 2024 · 2 señales
  • CONVOCATORIA A LICITACION POR COMPARACION DE PRECIO.pdfDocumento · 13 nov de 2024
  • CANCELACION DEL PROCESO DE COMPRAS.pdfDocumento · 5 dic de 2024