La Enmienda núm. 1, emitida el 13 de noviembre de 2024 para el proceso ARS SENASA-CCC-LPN-2024-0012, modifica tres aspectos del pliego: convierte el cronograma y plan de trabajo en requisito no subsanable, cambia el código de actividad comercial y fija la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta hasta el 20 de febrero de 2025. No nombra oferentes ni adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Documento técnico: cronograma y plan de trabajoCarácter subsanable del cronograma y plan de trabajo | El cronograma y plan de trabajo figuraba como subsanable. | El cronograma y plan de trabajo pasa a ser no subsanable. | Endurece |
| Rubro del RPE, numeral 5 del pliegoCódigo de actividad comercial | Se indicaban los códigos UNSPSC 8212000 y 82121503. | Se indican el código UNSPSC 7315 y el numeral 73151905, descrito como servicios de impresión industrial digital. | Aclara |
| Vigencia de la garantía de seriedad de la ofertaFecha límite de vigencia de la garantía | La enmienda no precisa cuál era el plazo anterior. | La garantía debe estar vigente hasta el plazo para suscribir el contrato, fijado para el jueves 20 de febrero de 2025. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona