Certificación consignada inferior al estimado y al contrato posterior
· hace 1 año
El acta identifica una certificación de fondos por RD$13,500,000.00, frente al monto estimado de RD$54,270,525.60 y al contrato posterior de RD$39,637,596 registrados en el portal. Podría corresponder a fondos del ejercicio anual para un servicio por demanda y de 36 meses; conviene verificar que la apropiación cubriera lo pagadero durante el año, conforme al artículo 69 del Reglamento.
“Vista: La Certificacion de Fondos de fecha cinco [05] del mes de enero del ano dos mil veinticuatro [2024), para el Procedimiento de Licitacion Publica Nacional para Contratacion de Empresa para los Servicios de Impresion de Hojas a Color y”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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