El Acta núm. 851-2024, fechada el 13 de noviembre de 2024, adjudica a JCG Comercial, SRL doce renglones por un total consignado de RD$5,358,732.64. Sin embargo, el acta identifica el procedimiento como POLICIA NACIONAL-CCC-CP-2024-0149, mientras que el proceso objeto de esta revisión es el 0144; por ello, no puede atribuirse esta adjudicación al proceso 0144 sin verificar el expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento adjudica el procedimiento 0149, no el 0144 indicado como objeto de esta revisión. La diferencia impide atribuir esta adjudicación al expediente 0144 sin verificar si se incorporó un acta de otro procedimiento.
“ACTA DE ADJUDICACION CORRESPONDIENTE AL PROCEDIMIENTO PARA LA COMPARACIÓN DE PRECIOS NO. POLICIA NACIONAL-CCC-CP-2024-0149”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta describe la oferta como conveniente en términos generales, pero no especifica cuáles criterios del pliego permitieron a JCG Comercial obtener la calificación de oferta más conveniente ni cómo se determinó su posición frente a las demás propuestas. El artículo 133 del Reglamento 416-23 exige que el acta de adjudicación especifique esos criterios.
“ADJUDICA, a las empresas detalladas más abajo, por ser las más convenientes para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e idoneidad de la oferta, el precio, la situación del procedimiento y demás condiciones”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
JCG Comercial, SRLEl acta la adjudica por considerar su oferta la más conveniente para los intereses institucionales y del país.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona