El pliego establece una Licitación Pública Nacional para adquirir 248 ítems de materiales y accesorios eléctricos, con un valor referencial de RD$1,183,568,431.40, impuestos incluidos, y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. La versión enmendada incorpora umbrales financieros y elimina muestras para tres ítems; también contiene fechas contradictorias para la recepción de ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija RD$1,183,568,431.40, mientras que el acta de aprobación de pliegos reseñada en el expediente consigna RD$1,249,703,903.08, una diferencia de RD$66,135,471.68. Conviene verificar cuál cifra sustentó el presupuesto y la comparación de las ofertas; el monto del portal, RD$1,183,574,155.23, es cercano al del pliego.
“El valor referencial para esta compra asciende MIL CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 40/100 (RD$1,183,568,431.40), IMPUESTOS INCLUIDOS.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la verificación física de conformidad técnica de las muestras para tres ítems..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La sección II fija el cierre el 18 de noviembre de 2024, mientras el cronograma lo fija el 25 de noviembre. La primera fecha dejaría menos de los 30 días hábiles mínimos de convocatoria para una licitación pública nacional; la segunda sí concede un plazo mayor, pero la contradicción vuelve incierto el plazo aplicable.
“Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta las 9:00 a.m. del 18 de noviembre del 2024. … El 25/11/2024 hasta las 9:00 a.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 96 · Ley 340-06, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Se exigen al menos tres certificaciones de cumplimiento de suministros de materiales eléctricos, emitidas por distribuidoras o instituciones del sector eléctrico y correspondientes a los últimos cinco años. Para una convocatoria que agrupa 248 ítems diversos, ese requisito puede limitar la participación de proveedores con capacidad para algunos renglones pero sin tres referencias sectoriales; conviene comprobar su proporcionalidad respecto de los ítems ofertados.
“Mínimo tres (3) certificaciones de satisfacción/cumplimiento de entrega de materiales adjudicados/comprados, emitidas por Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDEs), o instituciones del sector eléctrico a nivel público o privado, en las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego exige una factura eléctrica que demuestre que el oferente está al día, o documentación que vincule formalmente el servicio con el oferente. Como condición de elegibilidad para suministrar materiales eléctricos, esta exigencia puede restringir la participación sin una relación evidente con la capacidad de ejecutar el contrato; conviene verificar su justificación y proporcionalidad.
“Copia de la última factura de energía eléctrica donde se evidencie que el Oferente se encuentra al día en el pago del servicio.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Una cláusula calcula la garantía sobre el monto de la oferta y otra sobre el monto de la adjudicación. En un procedimiento con adjudicación por ítem, las bases no dejan uniforme cuál importe debe respaldarse, lo que puede generar garantías distintas según la interpretación aplicada.
“Póliza o Garantía Bancaria por un monto equivalente a cuatro por ciento (4%) del monto de la oferta a presentar. … corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de tipo Póliza de Fia”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
12.1.2 Metodología y criterios de evaluación financieraUmbrales de los indicadores financieros
No se consignaban los umbrales cuantitativos incorporados por la enmienda, según el resumen de esta.
Exige solvencia igual o mayor a 1.20, liquidez corriente igual o mayor a 0.90 y endeudamiento igual o menor a 1.50.
Endurece
11.1.3 Presentación de las muestrasMuestras para tres ítems
Se requerían muestras para tres ítems del proceso, según el resumen de la enmienda.
La enmienda elimina la presentación de muestras para tres ítems; el texto recibido no identifica cuáles son esos tres ítems.
RelajaQuita un control: Se elimina la verificación física de conformidad técnica de las muestras para tres ítems.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona