La Enmienda núm. 002 del proceso MICM-CCC-LPN-2024-0004, emitida el 7 de noviembre de 2024, modifica el plazo de inicio del servicio, la vigencia de las ofertas y garantías, y la garantía de fiel cumplimiento. Entre otros cambios, fija el 23 de enero de 2025 como fecha de vencimiento de la oferta y reduce de dos años a un año la vigencia mínima indicada para la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige al menos 60 días hábiles desde el 19/11/2024, pero fija como fecha final el 23/01/2025, intervalo inferior a 60 días hábiles. La instrucción puede resultar incompatible y generar dudas sobre la vigencia exigible de la garantía de seriedad.
“La vigencia de la garantía deberá ser no menos de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de lectura de las ofertas técnicas el 19/11/2024 hasta el 23/01/2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Acorta el período mínimo durante el cual se mantiene comprometida la oferta, un control de estabilidad de sus condiciones y precio.; Reduce de dos años a un año el período mínimo expresamente indicado para la garantía que cubre el cumplimiento contractual; la renovación se exige expresamente solo para el supuesto descrito de pólizas con máximo de un año..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 6Plazo para iniciar los servicios
El proveedor iniciará los servicios una vez formalizado y registrado el contrato, previa coordinación con el Departamento de Mantenimiento; no se fija un plazo máximo.
El proveedor iniciará los servicios en un plazo no mayor a cinco días calendario desde la recepción del Certificado del Contrato en la Contraloría, previa coordinación.
Aclara
Sección I, numeral 10.1.5, punto 3Vigencia de la oferta
Las ofertas debían mantenerse vigentes por un mínimo de 90 días hábiles desde la lectura de las ofertas técnicas.
Las ofertas deben estar vigentes hasta el 23/01/2025, tomando como referencia la lectura de las ofertas técnicas del 19/11/2024.
RelajaQuita un control: Acorta el período mínimo durante el cual se mantiene comprometida la oferta, un control de estabilidad de sus condiciones y precio.
Sección I, numeral 10.1.6, punto 2Vigencia de la garantía de seriedad de la oferta
La garantía debía estar vigente hasta el 23/01/2025 desde la lectura de las ofertas técnicas del 19/11/2024.
La garantía debe cubrir no menos de 60 días hábiles desde la lectura del 19/11/2024 hasta el 23/01/2025.
Endurece
Sección II, numeral 11Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
La garantía debía tener una vigencia de dos años desde la notificación de adjudicación y un mínimo de dos años desde su constitución hasta el cumplimiento y la liquidación del contrato.
La vigencia indicada se reduce a un año desde la notificación de adjudicación y a un mínimo de un año desde su constitución hasta el cumplimiento y la liquidación. Si la entidad emisora solo expide pólizas por un máximo de un año, el adjudicatario debe renovarla anualmente.
RelajaQuita un control: Reduce de dos años a un año el período mínimo expresamente indicado para la garantía que cubre el cumplimiento contractual; la renovación se exige expresamente solo para el supuesto descrito de pólizas con máximo de un año.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona