La Enmienda No. 1, fechada el 7 de noviembre de 2024, modifica el cronograma del proceso PASAPORTES-CCC-CP-2024-0012 y actualiza disposiciones sobre garantías. Mantiene la garantía de seriedad de oferta en 1%, pero omite calificarla expresamente como no subsanable; además, fija para la garantía de fiel cumplimiento una vigencia del 4 de diciembre de 2024 al 4 de marzo de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la calificación expresa de no subsanable, que establecía el control sobre la presentación de la garantía de seriedad en la oferta.; La fecha de vencimiento puede limitar el control de cobertura de las obligaciones contractuales si la ejecución y liquidación exceden el 4 de marzo de 2025..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
CronogramaPlazo para emitir respuestas y otras actuaciones
El plazo para emitir respuesta del Comité figuraba el 8 de noviembre de 2024 a las 10:30 p. m.
Se establece como plazo máximo para emitir circulares, enmiendas y adendas el 8 de noviembre de 2024 a las 3:30 p. m.; se añaden la ponderación de subsanaciones el 18 de noviembre y la publicación de contratos el 6 de diciembre.
Aclara
Documentación no subsanableGarantía de seriedad de la oferta
La garantía de seriedad, equivalente al 1% del valor de la oferta y vigente por el plazo de validez de esta, se calificaba expresamente como no subsanable.
Se mantienen el monto del 1% y la vigencia igual al plazo de validez de la oferta, pero se omite la indicación «No subsanable».
RelajaQuita un control: Se elimina la calificación expresa de no subsanable, que establecía el control sobre la presentación de la garantía de seriedad en la oferta.
Garantía de fiel cumplimientoVigencia de la garantía
Se exigía garantía de fiel cumplimiento de 4% del contrato, o 1% para MIPYMES, con carácter incondicional, irrevocable y renovable, sin fijar en este texto una fecha de vencimiento.
Se añade una vigencia desde el 4 de diciembre de 2024 hasta el 4 de marzo de 2025.
RelajaQuita un control: La fecha de vencimiento puede limitar el control de cobertura de las obligaciones contractuales si la ejecución y liquidación exceden el 4 de marzo de 2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona