El acta CCC-004-2024, de fecha 2024-11-25, aprueba la evaluación económica y asigna por ítems la compra de tóneres y tintas a seis empresas, por montos individualizados que suman RD$3,691,600.85. Sin embargo, el acuerdo segundo indica un monto total adjudicado de RD$5,350,000.00 e incluye ocho empresas, mientras que el acuerdo noveno excluye de la recomendación a Compu-Office Dominicana y Grupo Iceberg por tener precios superiores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acuerdo segundo consigna RD$5,350,000.00 y presenta ocho empresas como adjudicatarias. Los seis montos individualizados suman RD$3,691,600.85, y el acuerdo noveno dice que Compu-Office y Grupo Iceberg no califican para recomendación; los contratos del portal se aproximan a la suma de los montos individualizados. La diferencia y la lista incompatible requieren aclarar el alcance y monto efectivo de la adjudicación.
“SEGUNDO: APRUEBA ADJUDICAR a las empresas oferentes OFICINA UNIVERSAL, S. A; DIPUGLIA PC OUTLET STORE, SRL; GRUPO ICEBERG, SRL; GALEN OFFICE DOMINICANA, SRL, COMPU-OFFICE DOMINICANA, SRL, NCR SURTIDOS EMPRESARIALES, SRL, OFFITEK, SRL, CAMUE”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta nombra a «Galen Office Dominicana, SRL», mientras que el portal registra el contrato de RD$460,200 a nombre de «Galen Office Supply, SRL». El monto coincide; podría tratarse de una diferencia de denominación o de transcripción, pero conviene verificar la identidad jurídica del adjudicatario mediante el RNC antes de conciliar el acta con el contrato.
“QUINTO: APRUEBA ADJUDICAR parcialmente a la empresa oferente GALEN OFFICE DOMINICANA, SRL; para la adquisición de toners y tintas para ser utilizados en los equipos de la Dirección General de Pasaportes, Recomendamos adjudicar lo ítems: 18-”
El acta adjudica a Camue los ítems 15 y 16, correspondientes a tóneres. Según la consulta de DGII del 2026-09-27 incluida en el contexto, su actividad vigente es vuelos chárter de pasajeros, y el RPE consultado en 2026-09-28 figura sin clasificación de rubros. Estos datos posteriores no acreditan su situación en 2024, pero justifican verificar la capacidad y actividad pertinente al momento de la oferta.
“OCTAVO: APRUEBA ADJUDICAR parcialmente a la empresa oferente CAMUE CARIBBEAN INTERNACIONAL, SRL para la adquisición de toners y tintas para ser utilizados en los equipos de la Dirección General de Pasaportes, Recomendamos adjudicar lo ítems”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona