La Enmienda I del proceso ASDN-CCC-LPN-2024-0002 amplía hasta el 2 de diciembre de 2024 el plazo para ponderar las subsanaciones, modifica los rubros comerciales preferidos en el RPE y eleva de dos a tres las personas designadas como peritos. También dispone que la oferta y su garantía de seriedad permanezcan vigentes por 90 días hábiles. El encabezado indica 7 de noviembre de 2024 y el cierre del documento consigna 13 de noviembre de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento identifica a los tres peritos como analista administrativo, administrador de seguridad electrónica y analista financiero, mientras el objeto es adquirir camiones compactadores. Conviene verificar sus competencias y experiencia técnica pertinente; los cargos consignados no bastan para concluir que carecían de ellas.
“Lic. Raymond Isaac Alcántara Tavares, Analista de la Dirección Administrativa, Luis Alfredo Ovalles Gómez, Administrador de Seguridad Electrónica, Ramona Paulino, Analista de la Dirección Financiera.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Ley 340-06, art. 25 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
La enmienda reemplaza la actividad preferida de vehículos de motor por códigos de manejo de materiales, camiones industriales y contenedores plásticos; el requisito se describe como preferible, no como excluyente. El portal registra una sola oferta, de MTE Grupo, SRL; los datos actuales del registro consultado en 2026 indican actividad DGII de venta de vehículos y rubros RPE de servicios, lo que no acredita por sí solo su situación al ofertar, pero hace pertinente revisar el efecto de la clasificación sobre la concurrencia.
“y que en lo adelante sea: - maquinas, accesorios y suministros para manejo, acondicionamiento y almacenamiento de materiales--Vagones- -Camiones industriales- -Contenedor de basura plástico.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
MTE Grupo, SRLEl portal registra la oferta como Cargada / Calificada; la enmienda no consigna una decisión específica sobre este oferente.
Habilitado
—
RD$9,920,000
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cronograma — subsanacionesFecha para ponderar y evaluar subsanaciones
28/11/2024 15:00 para notificar errores subsanables y 29/11/2024 15:15 para ponderar y evaluar subsanaciones.
Se fija la ponderación y evaluación de subsanaciones para el 02/12/2024 a las 15:00.
Relaja
Designación de peritosNúmero de peritos
El acto administrativo de inicio designaba dos personas como peritos.
Se establece que sean tres personas, atendiendo al instructivo citado en la enmienda.
Endurece
Pliego, numeral 2 — rubro del RPEActividad comercial preferida
Rubro 25101507 y actividad comercial preferiblemente 25100000, vehículos de motor.
Se sustituyen por 24000000, 24101509, 24101500 y 24101510, relativos a manejo y almacenamiento de materiales, vagones, camiones industriales y contenedores plásticos de basura.
Aclara
Pliego, numerales 11.2 — mantenimiento y garantía de seriedadVigencia de oferta y garantía
La oferta debía mantenerse vigente 90 días hábiles, mientras que la garantía de seriedad tenía una fecha fija de vigencia hasta el 17/12/2024, inclusive.
La oferta y la garantía de seriedad deben estar vigentes hasta 90 días hábiles.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona