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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

ADQUISICION DE CAMIONES COMPACTADORES DE BASURA PARA EL ASDN. · Ayuntamiento Santo Domingo Norte

Publicado el 10 oct de 202442 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDN-CCC-LPN-2024-0002

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional ASDN-CCC-LPN-2024-0002 establece la adquisición de dos camiones compactadores —uno de 6 toneladas y otro de 4—, con valor referencial de RD$9,923,692.32. La convocatoria está prevista para el 10 de octubre de 2024 y el pliego exige entrega en un máximo de cinco días desde el contrato y el pago, además de condiciones específicas de experiencia y servicio posventa.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de entrega de cinco días para camiones compactadores

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

El plazo máximo de cinco días desde la firma del contrato y el pago puede restringir la participación a proveedores que ya dispongan de los vehículos y equipos configurados o disponibles para entrega inmediata. El pliego no explica en estas cláusulas cómo se determinó ese plazo para los dos camiones requeridos.

“La entrega no debe exceder los 5 días a partir del pago por parte del Ayuntamiento. Camiones Compactadores de Residuos Sólidos | 2 | 5 días a partir de la Firma del Contrato con la recepción del pago por parte del Ayuntamiento.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Centro mecánico propio y repuestos disponibles en el país

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

El pliego pide que el oferente tenga un centro de servicio mecánico en sus instalaciones y confirme repuestos en el país. Son condiciones que pueden reducir el universo de participantes; corresponde verificar que su exigencia y alcance sean proporcionales a la necesidad de mantenimiento y garantía de los bienes.

“El oferente deberá tener en sus instalaciones un centro de servicio mecánico que cubra las garantías y las necesidades mecánicas de los equipos ofertados. Se deberá entregar una carta que confirme la existencia de repuestos en el país.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia exigida vinculada a la misma marca ofertada

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

El pliego exige una marca con al menos diez años de presencia en el país y que el oferente acredite ventas de diez camiones compactadores de esa misma marca en República Dominicana. La combinación puede limitar sustancialmente la participación a proveedores con una trayectoria y volumen previos muy específicos; conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y el mercado disponible.

“Marca reconocida en el país, con por lo menos 10 años de presencia en Rep. Dom … Presentar constancia documental (contratos, facturas, certificaciones) que dé cuenta que el oferente ha vendido por lo menos diez (10) camiones compactadores”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Oferentes que registra (1)

1 habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
MTE Grupo, SRLEl portal registra su oferta como Cargada / Calificada; el resumen de las actas anteriores la identifica como habilitada, sin que la enmienda consigne una decisión específica sobre este oferente.Habilitado—RD$9,920,000

Otros documentos del proceso (8)

  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 10 oct de 2024 · 1 señal
  • CONVOCATORIA LPN.pdfDocumento · 10 oct de 2024
  • DICTAMEN JURIDICO.pdfPliego · 10 oct de 2024 · 1 señal
  • REQUISICION.pdfSolicitud de compra · 10 oct de 2024
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 10 oct de 2024 · 2 señales
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE APROBACION DE MODALIDAD LPN.pdfDocumento · 10 oct de 2024
  • ENMIENDA I.pdfEnmienda · 7 nov de 2024 · 2 señales
  • PUBLICIDAD EN PERIODICOS.pdfDocumento · 7 nov de 2024

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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