La Resolución de Adjudicación No. CCC-2024-59, de fecha 2024-11-05, aprobó por unanimidad la recomendación de los peritos y adjudicó los tres lotes del proceso MIDE-MAE-PEUR-2024-0004. RDM Servicios Múltiples recibió el Lote I por RD$2,546,623.61; Estación de Servicios Coral, el Lote II por RD$4,956,500.00; y K Supplies, el Lote III por RD$30,482,822.00. El total adjudicado, calculado a partir de esos montos, es RD$37,985,945.61.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según los datos del portal, los contratos de los tres adjudicatarios figuran confirmados y enviados el 2024-11-01; esta resolución adjudica los lotes el 2024-11-05. La diferencia de fechas amerita verificar la secuencia de adjudicación, formalización y registro, considerando que el portal puede reflejar fechas o actualizaciones distintas.
“siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), del día cinco (05) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), se reunió en el salón de conferencias de la Dirección General Financiera del Ministerio de Defensa”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
La suma de los tres montos adjudicados en el acta es RD$37,985,945.61, frente al monto estimado de RD$32,947,555.60 que registra el portal: una diferencia de RD$5,038,390.01. El pliego, según el resumen disponible, consigna un presupuesto base de RD$37,985,945.61, por lo que la diferencia podría deberse a un dato del portal distinto o desactualizado; conviene conciliar ambos registros.
“Por el monto de dos millones quinientos cuarenta y seis mil seiscientos veintitrés pesos dominicanos con 61/100 (RD$2,546,623.61). … Por el monto de cuatro millones novecientos cincuenta y seis mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (R”
El acta adjudica a Estación de Servicios Coral el Lote II por RD$4,956,500. Según el historial aportado, la empresa había recibido cinco contratos de esta institución por RD$153,860,073 en los 24 meses previos; el dato de concentración amerita revisión junto con el historial completo de adjudicaciones.
“Adjudicar a la empresa ESTACIÓN DE SERVICIOS CORAL, SRL., para el lote II, por los bienes y servicios indicados más abajo, debiendo entregar los mismos de manera inmediata por un periodo de treinta (30) días”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona