La Enmienda No. 1 del proceso MIDE-MAE-PEUR-2024-0004, expedida el 25 de octubre de 2024, modifica la garantía de seriedad, la metodología de evaluación y el criterio de adjudicación. También identifica a las personas responsables de la supervisión administrativa y de la ejecución del contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se omiten condiciones verificables de la garantía, incluido el monto del 1 % de la oferta, la moneda, el beneficiario y las características de incondicionalidad, irrevocabilidad y renovación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
12.2, literal d) — Garantía de seriedad de la ofertaVigencia y condiciones de la garantía
Garantía por el 1 % de la oferta, en la misma moneda, a favor del Ministerio, incondicional, irrevocable y renovable; vigencia hasta 90 días después de la fecha prevista para abrir el Sobre A.
Dispone constituir una garantía vigente del 25 de octubre al 11 de diciembre de 2024; no reitera el monto, la moneda, el beneficiario ni las demás condiciones anteriores.
RelajaQuita un control: Se omiten condiciones verificables de la garantía, incluido el monto del 1 % de la oferta, la moneda, el beneficiario y las características de incondicionalidad, irrevocabilidad y renovación.
13.1–13.3 — Evaluación y adjudicaciónMetodología técnica, económica y criterio de adjudicación
La documentación técnica se evaluaba bajo cumple/no cumple y los documentos técnicos eran habilitantes; la adjudicación atendía a los requisitos y al criterio de valor por dinero, con un máximo de dos lotes por empresa.
Mantiene las credenciales bajo cumple/no cumple e introduce evaluación técnica por puntaje de hasta 70 puntos, económica de hasta 30 y umbral técnico mínimo de 60/70; adjudicación por mayor puntaje combinado, salvo el Lote II, adjudicado por mayor descuento. Conserva el máximo de dos lotes por empresa.
Relaja
Punto 5 — Supervisor o responsable del contratoIdentificación de responsables
Designaba como supervisor administrativo a la Dirección General Financiera y como enlace de ejecución a las Fuerzas Armadas ante el Comité Organizador.
Identifica a la Directora General Financiera, Yumiris Alt. Almánzar de Díaz, y al coronel Rafael J. Mencia Cury como enlace para la ejecución y cumplimiento del servicio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona