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Abriendo la ficha…

Circular

Fichas técnicas de todos los productos.pdf

ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA USO EN LOS HOGARES DE PASO Y OFICINA PRINCIPAL DE LA INSTITUCION, DIRIGIDO A MIPYMES. · Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia

Publicado el 5 nov de 2024Fechado el 31 jul de 2024107 páginasEn el mensaje «Circulares y Fichas Técnicas de los productos»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CONANI-CCC-LPN-2024-0003

Lo que dice

El documento contiene fichas técnicas de alimentos para uso de los Hogares de Paso de CONANI y presenta requisitos de empaque, calidad, etiquetado y evaluación para los productos. Las fichas consignan la fecha 1 de agosto de 2024; el documento no identifica un número de acta ni modifica expresamente el pliego o el cronograma.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Una ficha identifica berenjena y describe otro vegetal

Documento del 5 nov 2024 · hace 1 año

La ficha 17 se titula berenjena, pero la descripción corresponde a un vegetal de la familia de las brasicáceas, con cabezas florales verdes. La discrepancia puede afectar qué producto se oferta y cómo se verifica su entrega.

“17 BERENJENA SELECTA PRODUCCION NACIONAL Información Adicional: es una planta de la familia de las brasicáceas. Esta verdura posee abundantes cabezas florales ("flores" o "Nicolares") carnosos comestibles de color verde”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La especificación de hamburguesa suma porcentajes incompatibles

Documento del 5 nov 2024 · hace 1 año

La ficha exige 85 % de carne y 25 % de grasa, que suman 110 % si ambos porcentajes se refieren al producto. Conviene aclarar la composición exigible para que las ofertas puedan compararse y la recepción verificarse con un criterio común.

“Información Adicional: 85 % de carne y 25 % de grasa, carne molida, moldeada y ultracongelada, que no lleva ningún ingrediente más que un poco de sal, ningún tipo de aditivo, ni colorantes, ni conservantes.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Referencia comercial específica en la ficha de crema de trigo

Documento del 5 nov 2024 · hace 1 año

La ficha identifica el producto como «Harina del Negrito», una posible referencia comercial, sin que el texto citado indique «o equivalente». Debe verificarse si se trata de una denominación genérica o si limita las marcas que pueden satisfacer el requisito.

“39 CREMA DE TRIGO CON HIERRO Y VITAMINAS (Harina del Negrito … Solicitado (Requisitos para evaluar”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

La ficha de fécula de maíz describe harina de trigo

Documento del 5 nov 2024 · hace 1 año

El título identifica fécula de maíz, mientras que la descripción indica harina de trigo fortificada y otros ingredientes. Esta diferencia deja incierto el producto requerido y puede afectar la evaluación técnica y la recepción.

“30 FECULA DE MAIZ 425 g Información Adicional: Elaborada Harina de trigo fortificada, Grasa vegetal, Sal, Azúcar, Leudante bicarbonato de sodio, Leudante bicarbonato de potasio, Gluten”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Registro Industrial solicitado en fichas de alimentos

Documento del 5 nov 2024 · hace 1 año

En la ficha del aceite se incluye «Registro Industrial» entre los requisitos para evaluar, junto con el Registro Sanitario. Conviene verificar la relación y proporcionalidad de ese requisito para proveedores de alimentos, pues podría restringir la participación de distribuidores que no sean fabricantes.

“Solicitado (Requisitos para evaluar) Ofertado Identificar marca 100% oliva Extra-Virgen PRESENTACION: Botella plástica de 5 litros y contener sello de seguridad. Registro Sanitario Registro Industrial”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

ContextoHallazgo en documentos

La ficha del jugo se contradice sobre los conservantes

Documento del 5 nov 2024 · hace 1 año

La misma descripción exige un producto «sin conservantes» y luego señala que lleva conservantes autorizados. La inconsistencia puede generar evaluaciones distintas sobre la conformidad de las ofertas y de los productos entregados.

“Información Adicional: 100% natural de fruta listo para tomar sin conservantes y sin colorantes sabor a naranja. Producto que proviene de la extracción de la pulpa de fruta (naranja), con azúcar, pasteurizado, con conservantes y saborizante”
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Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (27)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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