Desierto declarado con oferta solo 9.58% sobre la apropiación (art. 136 exige >25%)
· hace 1 año
El acta declara desierto el proceso porque la oferta de Winpe Group superó la apropiación de RD$5,360,000; según el portal, la oferta fue de RD$5,873,332, un exceso de 9.58%, inferior al 25% que el art. 136 numeral 3 del Reglamento 416-23 establece como causal, y cuyo párrafo permitía continuar con un nuevo certificado de apropiación. El acta se fundamenta en el art. 24 de la Ley 340-06, que autoriza declarar desierto con informes legal y técnico justificados, sin citar dichos informes ni el art. 136; la motivación de la declaratoria merece revisión.
“La oferta económica presentada en el "Sobre B" de la empresa "Winpe Group SRL", supera el monto presupuestado para el presente proceso conforme la referida certificación de apropiación presupuestaria.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
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