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El Estado bajo la lupa

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Pliego

2. pliego-estandar-excepciones-competitivas.pdf

COMPRA DE UN CAMION COMPACTADOR · Ayuntamiento del Municipio de Fantino

Publicado el 30 oct de 2024Fechado el 16 oct de 202442 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMDF-MAE-PEUR-2024-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 17 de octubre de 2024, establece las condiciones para adquirir un camión compactador recolector mediante un procedimiento de excepción por urgencia, con presupuesto base de RD$7,450,000. Fija la recepción de ofertas para el 5 de noviembre y la adjudicación para el 15 de noviembre de 2024, y prevé la entrega cinco días después de la firma del contrato. También define requisitos técnicos, de elegibilidad y financieros, y dispone adjudicar con base en el menor costo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones técnicas muy detalladas sin equivalencia expresa

Documento del 30 oct 2024 · hace 2 años

El pliego fija numerosas medidas, capacidades, materiales y características, incluida la exigencia de controles hidráulicos no digitales, sin indicar en este apartado que se aceptarán prestaciones equivalentes. La combinación podría reducir las alternativas técnicas disponibles y merece contrastarse con el estudio de mercado.

“Capacidad de 11 yardas cubicas Controles del sistema hidráulico (No Digital) en la parte trasera del compactador.” (pág. 5)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Credenciales marcadas como no subsanables

Documento del 30 oct 2024 · hace 2 años

El pliego marca como no subsanables varias certificaciones y declaraciones vinculadas con capacidades o condiciones del oferente, como la certificación de taller, la disponibilidad de equipos y la constancia ambiental. El reglamento dispone que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad, por lo que conviene comprobar cómo se aplicaría esta regla.

“2) Certificación de Higiene y Seguridad. No Subsanable 3) Certificación de taller de servicios propio con infraestructura a los fines habilitada con Personal, Equipos, Maquinarias y Herramientas con capacidad de repuesta para” (pág. 12)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Criterio de menor costo sin método de cálculo identificable

Documento del 30 oct 2024 · hace 2 años

El pliego establece adjudicación basada en menor costo, pero no especifica datos ni una metodología para calcular el costo del ciclo de vida del camión. Sin ese método, no queda claro cómo se distinguiría el menor costo de la oferta de menor precio ni cómo se compararían las propuestas objetivamente.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es: adjudicación basada en menor costo.” (pág. 20)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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Requisitos de representación y servicio pueden restringir la competencia

Documento del 30 oct 2024 · hace 2 años

El pliego exige una marca con al menos 15 años de representación en el país, garantía en la casa distribuidora autorizada y taller propio, además de prever preferencia por una caja compactadora manufacturada localmente. Son condiciones que pueden reducir el universo de oferentes; conviene verificar su necesidad y proporcionalidad para este camión.

“Garantía de camión en la casa distribuidora autorizada de la marca en República Dominicana. 5. Marca de por los menos (15) años de representación en el país.” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Entrega en cinco días después de la firma y equipo disponible para inspección

Documento del 30 oct 2024 · hace 2 años

El plazo de entrega es de cinco días tras la firma y el pliego prevé que un perito confirme que los equipos ofertados están en existencia. Para un vehículo especializado, esta combinación puede favorecer en la práctica a proveedores que ya tengan el camión disponible; conviene comprobar que el plazo sea proporcional y viable para el mercado.

“Producto Cantidad Fecha de entrega CAMION COMPACTADOR 1 5 días después de la firma de contrato … 3. Un perito deberá pasar a confirmar que las empresas participantes tienen en existencia los equipos ofertados y validar las” (págs. 7-8)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 158 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Se exige que el oferente financie el saldo durante 30 meses

Documento del 30 oct 2024 · hace 2 años

El pliego requiere una declaración notarizada de aceptación de financiar el saldo del contrato durante 30 meses, a una tasa máxima de 21% anual y con amortización al capital. Esta condición exige capacidad de financiamiento del proveedor y puede limitar la participación o alterar la comparación económica; merece verificar su justificación y relación con el objeto.

“Declaración notarizada que indique aceptar financiar la suma restante del contrato luego del pago del anticipo para un periodo de 30 meses a una tasa no mayor a 21% anual y que acepta amortización al capital durante la vida del financiamien” (pág. 13)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 158 — Razonabilidad de las condiciones exigidas

Artículo 158. Razonabilidad de las condiciones exigidas. Se respetará como principio general que los plazos y requisitos para la presentación de ofertas, entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, serán razonables de acuerdo con la capacidad de respuesta del sector, de manera tal que no se constituyan en una barrera que impidan o limiten su participación.

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