La ficha técnica de octubre de 2024 define la adquisición de una jeepeta para la Dirección General de Desarrollo de la Comunidad, con requisitos de configuración y equipamiento específicos. Según el portal, la convocatoria fue el 30/10/2024, el monto estimado fue RD$5,362,627.33 y Santo Domingo Motors Company, SA figura con un contrato cerrado y confirmado por RD$5,362,628.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La combinación de motor diésel de al menos seis cilindros, transmisión de 10 velocidades, suspensión de aire y otros elementos específicos, junto con una vida útil mínima de 30 años, podría reducir las alternativas que satisfacen el pliego. El portal registra un solo oferente; conviene verificar la necesidad técnica de estas condiciones y la disponibilidad de equivalentes.
“Vehículo Todo Terreno SUV grande: Motor Turbo diésel De 6 cilindros en adelante. De 3.0 a 3.5 CC en adelante Con 275 a 300 hp. Transmisión automática de 10 velocidades … Vida Útil 30 años mínimos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego prevé eliminar la adjudicación sin más trámite si no se entrega dentro de 48 horas. El artículo 187 del Reglamento establece que, ante prestaciones fuera de término, las personas designadas deben intimar al proveedor para su cumplimiento; corresponde verificar cómo se aplicaría esa garantía procedimental.
“Los Adjudicatarios que, habiendo transcurrido este plazo, no hayan realizado la entrega de los bienes adjudicados le será eliminada dicha adjudicación sin más trámite”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 187 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 187 — Sobre la no conformidad del bien o servicio prestado
Artículo 187. Sobre la no conformidad del bien o servicio prestado. Tanto en los casos de rechazo a la prestación como en el caso de que en las mismas fueran realizadas fuera de término, las personas designadas deberán intimar al proveedor para su cumplimiento y, si fuera necesario, informar de la situación a la máxima autoridad de la institución a los fines de que imponga mediante acto administrativo las multas por mora que correspondan según lo establecido en el pliego de condiciones o en el contrato, las medidas disciplinarias previstas en la ley y el presente reglamento y ejecutar la garantía de fiel cumplimiento. Párrafo. Ante la verificación de incumplimientos por parte del proveedor…
Santo Domingo Motors Company, SAEl portal registra un contrato cerrado y confirmado; el resumen del proceso identifica a la empresa como adjudicataria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona