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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones adquisicion de vehiculo 0003.pdf

Adquisición de un vehículo todo terreno. · Dirección General de Desarrollo Comunidad

Publicado el 28 oct de 202439 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGDC-CCC-CP-2024-0003

Lo que dice

El pliego de octubre de 2024 establece las condiciones para adquirir una jeepeta mediante comparación de precios DGDC-CCC-CP-2024-0003 y prevé adjudicación total a un proveedor. Fija, entre otras condiciones, entrega iniciada dentro de 48 horas y pago a 60 días hábiles; el portal registra convocatoria el 30/10/2024 y un contrato por RD$5,362,628.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.4 millones

Criterio de descuento mínimo y monto contratado requieren contraste

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El pliego exige que la oferta quede al menos 10% por debajo del presupuesto base. El portal registra un contrato de RD$5,362,628 frente a un estimado de RD$5,362,627.33; como el documento no identifica si el presupuesto base era distinto del estimado, conviene comprobar si la adjudicación cumplió el criterio publicado.

“Siendo el criterio de adjudicación el menor precio ofertado; el valor ofertado en su propuesta deberá estar en el rango del presupuesto base de la ENTIDAD CONTRATANTE, con una variación negativa no menor al diez por ciento (10%), para garan”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El plazo efectivo de convocatoria podría ser inferior al mínimo

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El cronograma del pliego indica publicación el 28 de octubre y recepción de ofertas el 5 de noviembre; el portal registra la publicación el 30 de octubre. Contando desde el día hábil siguiente a esa fecha y excluyendo el día de recepción, resultan tres días hábiles, frente al mínimo de cinco para una comparación de precios; corresponde verificar la fecha efectiva de publicación.

“1. Fecha de publicación de la convocatoria | El 28 de octubre del 2024 16:00 a … M. | 4.Presentación de Credenciales/Ofertas técnicas y Ofertas Económicas | El día 05 de noviembre del año 2024, Hasta las 16:00 P.M”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios

Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige certificación MIPYME en un proceso no reservado a MIPYMES

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

La documentación legal incluye como requisito una certificación MIPYME, aunque el portal indica que el proceso no estaba reservado a ese sector. Si se aplicó como requisito obligatorio para todos los participantes, podría excluir oferentes que no tengan esa condición, en vez de limitarla a la aplicación del beneficio descrito en la nota del pliego.

“5. Certificación MIPYME, del Ministerio de Industria y Comercio en donde especifique que pertenece al grupo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, O Certificación de Industria y Comercio de CLASIFICACIÓN MIPYMES.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Criterios de calidad y reputación sin metodología explícita

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El pliego anuncia evaluación cumple/no cumple, pero también dice que se valorarán normas ISO y reputación de mercado sin precisar escala, ponderación ni forma de medición. Esa indeterminación puede dificultar la comparación objetiva y la aplicación uniforme de los criterios.

“j) Calidad de los bienes Ofertados: Reputación de los bienes ofertados en el mercado local e internacional.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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A revisarHallazgo en documentos

Ajuste cambiario previsto junto a precios fijos

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El pliego declara los precios fijos, pero también permite considerar ajustes si la variación cambiaria supera el 5%, sin detallar cómo se acreditan los costos afectados ni cómo se calcula el ajuste. La cláusula puede modificar el monto pagadero y merece verificarse frente a las condiciones de restablecimiento del equilibrio económico-financiero.

“Los precios no deberán presentar alteraciones ni correcciones y deberán ser dados por la unidad de medida establecida en el Formulario de Oferta Económica … A fin de cubrir las eventuales variaciones de la tasa de cambio del Dólar de los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 175 · Reglamento 416-23, art. 177 · Reglamento 416-23, art. 178 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 175 — Equilibrio económico y financiero de los contratos

Artículo 175. Equilibrio económico y financiero de los contratos. Las instituciones contratantes deberán adoptar las medidas necesarias para mantener las condiciones técnicas, económicas y financieras de los contratos de bienes, servicios y obras durante su ejecución. Esto implica mantener el equilibrio económico y financiero de los contratos en los términos que fueron considerados al momento de su adjudicación y suscripción, teniendo en cuenta el interés público y los derechos de los proveedores.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 177 — Causas de ruptura del equilibrio económico y financiero

Artículo 177. Causas de ruptura del equilibrio económico y financiero. Las causas de ruptura del equilibrio económico y financiero de los contratos son las siguientes: 1. Manifestación de eventos imprevisibles, extraordinarios o de fuerza mayor, ajenos a la voluntad y el control de las partes contratantes, que afectan adversa y gravemente las condiciones económicas y financieras del contrato. 2. Cambios en los precios de los insumos y costos en los factores de producción, que modifiquen los costos totales pendientes de ser pagados en una proporción no menor al cinco por ciento (5 %) de su valor presupuestado en el contrato suscrito. 3. Medida de la administración pública, de carácter…

ContextoHallazgo en documentos

El pliego mezcla una referencia a urgencia con un proceso ordinario

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

La invitación fundamenta el procedimiento en el numeral legal sobre urgencia, mientras el portal clasifica el proceso como ordinario. El documento no explica esa referencia ni identifica una tramitación excepcional; conviene confirmar cuál fue el fundamento procedimental aplicado.

“La presente invitación se hace de conformidad con el numeral 4, del Párrafo I, del artículo de la Ley”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 6

ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

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ContextoHallazgo en documentos

El crédito obligatorio de 60 días puede limitar la participación

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El pliego obliga al proveedor a conceder un crédito mínimo de 60 días hábiles después de emitir la factura. Para una adquisición de un vehículo, esta condición traslada al proveedor una financiación prolongada y puede restringir la participación o incidir en los precios ofertados.

“El oferente deberá aceptar y otorgar un crédito mínimo de 60 días hábiles, luego de emitida la factura; a los fines de agotar los trámites burocráticos de la gestión financiera y presupuestaria.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Santo Domingo Motors Company, SAEl portal registra un contrato cerrado y confirmado en este proceso.Adjudicado—RD$5,362,628

Otros documentos del proceso (14)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 178 — Procedimiento para el restablecimiento del equilibrio económico y financiero

Artículo 178. Procedimiento para el restablecimiento del equilibrio económico y financiero. Para el restablecimiento del equilibrio económico y financiero de los contratos, junto al siguiente procedimiento: 1. Para el restablecimiento en favor del proveedor o contratista: a. El proveedor o contratista deberá someter una solicitud de restablecimiento de equilibrio económico y financiero debidamente motivada y los términos propuestos como solución. b. La institución contratante podrá acoger, rechazar o proponer otra solución para el restablecimiento de equilibrio económico y financiero, mediante decisión motivada que deberá ser emitida y notificada dentro del plazo de cinco (5) días hábiles,…

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Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia

Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…

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