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Pliego

Pliego Estandar de compra de Bienes CAMION-DESKTOP-PVFB5QI.pdf

ADQUSICION DE DOS CAMIONES VOLTEO · Ayuntamiento Municipal San Ignacio de Sabaneta

Publicado el 28 oct de 2024Fechado el 7 oct de 202441 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASIS-CCC-LPN-2024-0002

Lo que dice

El pliego, fechado el 8 de octubre de 2024 para la licitación ASIS-CCC-LPN-2024-0002, establece las condiciones para adquirir dos camiones volteo, con valor referencial de RD$7,252,000.00 y convocatoria prevista para el 15 de octubre de 2024. Prevé evaluación técnica y económica y adjudicación basada en el menor costo del ciclo de vida. Incluye criterios financieros con expresiones contradictorias y dispone que el contrato se perfeccionaría con su publicación, antes de la cual el reglamento sitúa la formalización.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego confunde el perfeccionamiento del contrato con su publicación

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El pliego indica que el contrato se perfecciona cuando se publica, aunque el Reglamento prevé la formalización escrita y la suscripción del contrato, y dispone su publicación después del perfeccionamiento. La secuencia puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen las obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de El Ayuntamiento Municipal De San Ignacio De Sabaneta, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación

Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio

Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios de endeudamiento con fórmulas contradictorias

Documento del 28 oct 2024 · hace 1 año

El criterio de endeudamiento no permite determinar inequívocamente qué valores cumplen: combina un límite de “Menor 1.50” con desigualdades invertidas o incompatibles para las categorías de cumplimiento y no cumplimiento. Esto puede afectar la evaluación de la capacidad financiera de los oferentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (18)

  • Acta de aprobación de las bases de contratación .pdfPliego · 14 oct de 2024
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  • Pliego Estandar de compra de Bienes CAMION-DESKTOP-PVFB5QI.pdfPliego · 14 oct de 2024 · 5 señales
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 18 dic de 2024 · 1 señal
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