La certificación asigna fondos a bienes distintos de los del proceso
· hace 1 año
La certificación destina los RD$7,252,000.00 a un camión compactador y dos motos carretas, mientras que el proceso citado adquiere dos camiones volteo. Aunque el monto coincide con el estimado del proceso, el documento no acredita que esta asignación cubra esa adquisición; corresponde verificar la certificación presupuestaria aplicable al proceso.
“Cortésmente, tenemos a bien CERTIFICAR que, de los recursos asignados al Poder Ejecutivo en el Presupuesto General del Estado 2024, le será otorgado un monto de RD$7,252,000.00 (Siete millones doscientos cincuenta y dos mil pesos con 00/100”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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