La Resolución de adjudicación No. CCC-2024-02, de 2024-10-23, adjudica a Viamar, S.A. un vehículo Ford Expedition XLT 4x4, año 2024, por RD$5,887,000. El portal registra un monto estimado de RD$5,300,000 y un contrato para Viamar por el mismo monto, fechado allí el 2024-10-22.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra el contrato por RD$5,887,000 con fecha 2024-10-22, mientras que la resolución adjudica el 2024-10-23. La fecha del portal podría corresponder a un registro o estado y no necesariamente a la firma efectiva; conviene verificar el contrato original y su fecha de perfeccionamiento, dado que la formalización corresponde después de la adjudicación.
“En la sede de la Comandancia General del Ejército de República Dominicana, situada en la autopista Duarte Km. 25, campamento militar “16 de agosto”, municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo, República Dominicana, el día 23 de octubre ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
La resolución adjudica a Viamar, S.A. el vehículo por RD$5,887,000.00, monto superior en RD$587,000 (11.1%) al estimado de RD$5,300,000 del proceso. Según el cálculo citado, el exceso sobre el umbral máximo de comparación de precios de bienes 2024 (RD$5,362,627.33) sería de ~9.8%, por debajo del más del 10% que el art. 136.4 del Reglamento 416-23 exige para declarar desierto el procedimiento, por lo que no se configuró esa causal; la diferencia y la concurrencia de un solo oferente son datos que conviene tener en contexto.
“Por el monto de RD$5,887,000.00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Viamar, S.A.Adjudicada por un vehículo Ford Expedition XLT 4x4, año 2024; el comité acogió la recomendación pericial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona