El Comité de Compras y Contrataciones de la OPRET adjudicó el 16 de octubre de 2024 a Oficina de Abogados José & Asociados, S.R.L. los servicios de asistencia y representación legal en demandas relativas a casos de afecciones. El monto adjudicado fue RD$8,496,000.00, impuestos incluidos, y se instruyó elaborar la orden de servicios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta enumera seis integrantes, mientras que el artículo 9 del Reglamento 416-23 dispone un comité conformado por cinco miembros. Conviene verificar la integración formal y quiénes participaron en la deliberación; la nómina del acta incluye además a un representante del Director Ejecutivo y al presidente.
“integrado por sus miembros: el Ing. José Adolfo Herrera Acevedo, Asistente del Director Ejecutivo en representación del Director Ejecutivo, Ing. Rafael Santos Pérez, en su calidad de Presidente, la Licda. Julissa Fernandez Adames, Encargada”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Según los datos del portal, solo consta una oferta registrada, por RD$8,496,000, igual al monto estimado del proceso. La coincidencia no establece por sí sola una irregularidad ni un sobreprecio, pero es un dato para cotejar con la evaluación de razonabilidad del precio en la selección directa.
“Que el monto ofertado por la empresa Oficina de Abogados José & Asociados, S.R.L, fue de RD$ 8,496,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona