Montos y precios de la solicitud no concuerdan con sus cantidades
· hace 1 año
Los montos de los cinco renglones suman RD$8,082,952.05, no los RD$3,357,844.85 indicados como total; además, los montos individuales no resultan de multiplicar la cantidad solicitada por el precio unitario consignado. Las especificaciones de los renglones permiten compararlos con el portal, donde aparecen precios unitarios diferentes en varios ítems; conviene verificar la estimación que sustentó la solicitud y la preparación del expediente.
“1 … UNIDAD 20 17,416.80 731,505.60 … 5 … UNIDAD 20 18,516.01 3,258,816.95 … Total: 3,357,844.85”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 65 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 65 — Solicitud de compra o contratación
Artículo 65. Solicitud de compra o contratación. Las unidades requirentes deberán formular sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en el plazo que para el efecto establezca a lo interno cada ente y órgano contratante. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá formalizar la solicitud de compras, la cual deberá contener el listado de los bienes, servicios y obras requeridos, junto al precio estimado.
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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