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Pliego

DGAP-CCC-CP-2024-0012 PLIEGO.pdf

Readecuación Estructura física en Administración Elías Piña, DGA · Dirección General de Aduanas y Puertos

Publicado el 15 oct de 202456 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGAP-CCC-CP-2024-0012

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar la readecuación de la Administración Elías Piña mediante comparación de precios, con proceso reservado a MIPYMES y dos lotes: fachada, estimado en RD$5,810,403.16, y parqueo, aceras, drenajes y garitas, estimado en RD$8,182,793.65. Limita la participación a un solo lote por oferente y define requisitos legales, financieros, técnicos y económicos, además de un cronograma de ejecución y evaluación. El documento no consigna un día específico de emisión ni un número de acta.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.8 millones

Requisitos de asfalto aplicados también al lote de fachada

Documento del 15 oct 2024 · hace 1 año

El lote 1 corresponde al mejoramiento de la fachada, pero el pliego exige acreditar experiencia en asfalto y enumera equipos para pavimentación dentro de los requisitos técnicos. Al aplicarse a ofertas por lote, estos requisitos pueden excluir a contratistas capaces de ejecutar la fachada que no tengan experiencia o equipos propios de asfaltado.

“Formulario de experiencia como contratista (SNCC.D.049) con el fin de acreditar [La experiencia debe ser en asfalto] debe incluir el monto de los proyectos. Disponibilidad de equipos a) Un (1) Compactador manual b) Dos (2) Camiones de 16 m3”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Restricción a presentar oferta para un solo lote

Documento del 15 oct 2024 · hace 1 año

El pliego impide que un mismo oferente presente propuesta para ambos lotes. Aunque presenta esta condición como una medida para propiciar participación, restringe la posibilidad de competir por el conjunto de la contratación y puede reducir las ofertas disponibles en cada lote.

“Nota: Los oferentes solo podrá presentar su propuesta por un solo lote, propiciando con esto la mayor participación posible. Nota: Sera adjudicado un lote por oferente, propiciando con esto la mayor participación posible.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 88 — División en renglones o lotificación

Artículo 88. División en renglones o lotificación. En los casos en que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades del mismo bien, servicio u obra, podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones o lotes.

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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El pliego presenta reglas discordantes sobre subsanar la garantía

Documento del 15 oct 2024 · hace 1 año

En una parte dispone desestimar sin más trámite la oferta si la garantía está omitida o es insuficiente; en otra la clasifica como subsanable y luego limita la subsanación a supuestos específicos. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el tratamiento de ofertas con defectos en la garantía de seriedad.

“La omisión en la presentación de la Oferta de la Garantía de Seriedad de Oferta o cuando la misma … fuera insuficiente en cuanto al monto y/o plazo de vigencia, conllevará la desestimación de la Oferta sin más trámite”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 198 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.

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Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio financiero de endeudamiento con desigualdades contradictorias

Documento del 15 oct 2024 · hace 1 año

La tabla indica como límite un endeudamiento menor a 1.50, pero las condiciones de cumplimiento invierten las desigualdades y no permiten identificar con certeza qué resultado habilita o descalifica. La ambigüedad afecta un criterio de evaluación financiera que puede determinar la habilitación de los oferentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que <1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Umbral de línea de crédito exigido sin vinculación explicada al lote

Documento del 15 oct 2024 · hace 1 año

El pliego exige una línea de crédito bancaria de al menos 30% del valor de la certificación presupuestaria del lote participante. Es un requisito financiero adicional que merece revisión de proporcionalidad frente al objeto y al valor de cada lote, especialmente en un procedimiento dirigido a MIPYMES.

“Cartas o certificaciones de líneas de crédito emitidas por instituciones bancarias por un mínimo del 30% del valor de la certificación presupuestaria del lote participante.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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