La enmienda al pliego del proceso CNC-CCC-CP-2024-0010, fechada el 14 de octubre de 2024, establece que las personas físicas o jurídicas deben acreditar al menos dos años brindando servicios de esta naturaleza como contratistas, mediante el formulario SNCC.D.049. El criterio se evaluará con metodología Cumple/No Cumple y figura en la sección de documentación técnica no subsanable. La enmienda indica que fue aprobada por el Comité de Compras y Contrataciones al amparo del Acta Administrativa núm. 001/2024, de 4 de octubre de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| 11.1.2 Documentación técnica y 12.1 Metodología y criterios de evaluación de la Oferta Técnica “Sobre A”Acreditación de experiencia del oferente | El documento no reproduce el criterio previo para esta sección. | Se exige acreditar un mínimo de dos años brindando este tipo de servicios como contratista, mediante el formulario SNCC.D.049; evaluación Cumple/No Cumple. La documentación técnica se indica como no subsanable. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona