El acta del 19 de agosto de 2024 aprueba iniciar una comparación de precios para construir la policlínica en Los Altos de Friusa, con presupuesto estimado y apropiación presupuestaria de RD$5,000,000. También aprueba las instrucciones, especificaciones y cronograma, designa peritos e instruye preparar y publicar la convocatoria. En el acta aparecen las referencias O-CP-06-2024-AVPC y AYTO.VERON-CCC-CP-2024-0006, aunque el proceso indicado en los datos suministrados es AYTO.VERON-CCC-CP-2024-0007.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para el proceso identificado en los datos como AYTO.VERON-CCC-CP-2024-0007, esta acta aprueba el inicio y designa peritos con referencia a O-CP-06-2024-AVPC y AYTO.VERON-CCC-CP-2024-0006. La decisión deja sin identificar expresamente el número 0007 en esas actuaciones, por lo que conviene verificar la correspondencia de los expedientes y el alcance de la designación.
“Analizar y evaluar las ofertas técnicas con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en el documento de "Instrucciones para los oferentes y requerimientos de acreditación que deben aportar en Sobres "A" y "B", en las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta identifica a William Melo como miembro del Comité y encargado de Planeamiento Urbano, pero la firma de ese cargo aparece a nombre de William Mejía. La diferencia amerita verificar la identidad y participación de quien integró y suscribió el acta.
“Ing. William Melo, Director de Planeamiento Urbano;”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
El acta indica para obras un rango de licitación pública desde RD$32,996,371.00 hasta RD$123,736.320.99; la tabla oficial de 2024 establece licitación pública para obras desde RD$390,784,602.00. La comparación de precios elegida para el estimado de RD$5,000,000 sí corresponde al umbral de obras de 2024, pero conviene verificar el dato de umbral consignado en la motivación.
“Que de conformidad a los umbrales para la determinación de los Procedimientos de Selección, a utilizarse en las contrataciones de bienes, servicios y obras, para el ejercicio correspondiente al año 2024, citado, el monto para el proceso de ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona