Revisar alcance de la certificación de distribuidor exclusivo
· hace 2 años
La enmienda incorpora como credencial una certificación de “distribuir exclusivo”, mientras que el pliego previo identifica a tres empresas como distribuidores autorizados. Conviene verificar si las tres podían acreditar la condición exigida y si se distingue entre autorización y distribución exclusiva; el documento no indica el efecto concreto sobre la participación.
“Se agrega al numeral 11.1.1 Documentación de la oferta técnica “Sobre A” – Credenciales, incluido en la página 11 del Pliego de Condiciones, la solicitud de certificación de distribuir exclusivo de Dynatrace en República Dominicana.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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