La certificación, fechada el 2 de julio de 2024, acredita fondos por RD$25,000,000 para adquirir combustible a granel y tickets prepagados, con reserva de cuota de compromiso para julio-septiembre de 2024. Indica que el procedimiento a utilizar sería una Licitación Pública Nacional, mientras que el proceso registrado en el portal fue convocado el 2 de octubre de 2024 como Subasta Inversa.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (7 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La certificación reserva la cuota de compromiso para julio-septiembre, pero el proceso se convocó el 2 de octubre de 2024. Conviene verificar si existía apropiación y cuota de compromiso vigente al convocarse; el documento acredita fondos del presupuesto anual, pero no consigna una reserva para octubre.
“Que esta Dirección Financiera cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año 2024 y hace la reserva de la cuota de compromiso para el período JULIO-SEPTIEMBRE para la adquisición que se especifica a conti”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La certificación señala Licitación Pública Nacional, mientras que el portal registra una Subasta Inversa. La diferencia puede corresponder a un cambio posterior de modalidad, pero conviene verificar que la aprobación y la planificación presupuestaria cubrían el procedimiento finalmente convocado.
“En ese sentido y en base al presupuesto aprobado el Procedimiento de Selección a utilizar para esta compra o contratación es Licitación Pública Nacional.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona