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Pliego

Pliego de condiciones bonos alimentarios FIRMADO_0001.pdf

ADQUISICION DE BONOS ALIMENTARIOS PARA COLABORADORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO · Dirección General de Presupuesto

Publicado el 16 oct de 202636 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DIGEPRES-CCC-CP-2026-0004

Lo que dice

El pliego del proceso DIGEPRES-CCC-CP-2026-0004 establece las condiciones para adquirir bonos alimentarios por un presupuesto base de RD$4,250,000; la convocatoria figura publicada el 16/10/2026 y el cierre de ofertas está previsto para el 27/10/2026. Define como criterio de adjudicación el mayor porcentaje de descuento sobre el valor nominal de los bonos y fija requisitos de habilitación, garantías, entrega y pago.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

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Certificaciones fiscales y de seguridad social sin excepción MIPYME

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El pliego exige certificaciones de estar al día con DGII y TSS como requisitos legales, sin expresar la excepción legal para MIPYMES cuyo incumplimiento no supere seis meses. La condición puede excluir a MIPYMES que cumplen esa excepción; debe verificarse cómo se aplicará en la evaluación.

“Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) donde manifieste estar al día con sus obligaciones fiscales. (Subsanable) 4) Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) donde manifieste estar al día con el…” (pág. 10, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

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La actividad comercial exigida corresponde a productos de papel

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El pliego clasifica los bonos bajo un rubro de papel y exige que el RPE tenga inscrita la actividad de productos de papel. Para bonos alimentarios, esta clasificación puede excluir proveedores cuyo giro sea la emisión o suministro de bonos, aunque puedan satisfacer el objeto; conviene verificar el catálogo y la relación de esa actividad con el bien requerido.

“dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro -clase- […]-PAPEL FANTASÍA por lo que los oferentes deberán contar la actividad comercial […]-PRODUCTOS DE PAPEL.” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Garantía de vicios ocultos exigida para bienes

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El pliego condiciona la devolución de la garantía de fiel cumplimiento a la constitución de una garantía de vicios ocultos, aunque el objeto es la adquisición de bonos alimentarios. El reglamento establece esa garantía para contratos de obras, por lo que exigirla aquí añade una carga que merece aclaración.

“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución…” (pág. 22, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · Reglamento 52-26, art. 219 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos

Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.

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Reglamento 52-26, artículo 219 — Devolución de las garantías

Artículo 219.- Devolución de las garantías. Las garantías son devueltas a los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, según las particularidades siguientes: 1. En la garantía de mantenimiento de·la oferta a: a) aquellos cuya propuesta técnica fue descalificada, le es devuelta una vez emitido el acto administrativo de descalificación; b) a aquellos que no fueron adjudicados, le es devuelta una vez emitido el acto de adjudicación; c) a los adjudicatarios del procedimiento, le es devuelta una vez presentada la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 2. La garantía de fiel cumplimiento es devuelta luego de la recepción conforme de los…

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Debida diligencia concede tres días y prevé descalificación

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

Para responder a indicios identificados en la debida diligencia, el pliego concede tres días hábiles y prevé la descalificación si el oferente no logra demostrar que son inexactos. Para exclusiones por prácticas prohibidas, el reglamento contempla cinco días hábiles para alegatos de defensa; debe verificarse que la exclusión siga ese procedimiento y sus garantías.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo…” (pág. 19, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · Ley 47-25, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

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Plazo de subsanación de dos horas

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El cronograma fija la notificación de errores subsanables a las 12:00 p. m. y el vencimiento de la subsanación a las 2:00 p. m. del mismo día. Ese margen merece revisión por su brevedad para corregir documentos y puede reducir la oportunidad efectiva de subsanar, aunque el reglamento no establece aquí un mínimo horario.

“7. Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables y solicitud de aclaraciones a la oferta técnica (artículo 106 del Reglamento núm. 52-26) | 27/10/2026 a las 12:00 p.m. 8. Período de subsanación para el oferente y de…” (pág. 7, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

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Subsanación de garantía con fecha posterior a adjudicación y firma

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El cronograma permite subsanar la garantía de seriedad hasta el 30/11/2026, después de la adjudicación prevista para el 02/11 y de la suscripción prevista para el 17/11. Además de esa secuencia, el reglamento limita a entre uno y cinco días hábiles el plazo de subsanación para errores materiales o moneda distinta.

“15. Período para subsanar la garantía de seriedad de la oferta (artículo 204 Reglamento núm. 52-26) | Hasta 30/11/2026 a las 04:00 p.m. 16. Adjudicación | 02/11/2026” (pág. 7, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 204 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 204 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 204.- Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta contiene errores materiales o se encuentra emitida en una moneda distinta a la solicitada, puede requerirse al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento especificado en el pliego de condiciones, sin que el plazo pueda ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. Párrafo. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.

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Exclusión ampliada por coincidencia parcial de accionistas

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que coincidan en alguno de sus socios o accionistas, una restricción más amplia que la prohibición legal de multiplicidad de participación de una misma persona en un procedimiento. Puede excluir a sociedades distintas por la mera coincidencia de un accionista, por lo que merece revisión frente a la libre competencia.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 31, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Plazo de pago previsto de hasta 45 días

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El pliego fija hasta 45 días para el pago, contados desde que el proveedor remita las facturas. La ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genere la condición de pago y se presente el requerimiento; la diferencia puede afectar el flujo de caja de los proveedores.

“En ambos casos, este pago se hará en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.” (pág. 24, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Exige garantía de seriedad a MIPYMES

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El pliego exige garantía de seriedad por el 1% de la oferta y dispone que a las MIPYMES se les exigirá fianza de seguro, en vez de eximirlas de esa garantía. La exigencia puede añadir un requisito de participación que la ley excluye para MIPYMES.

“Póliza⁶ por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.” (pág. 12, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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Entrega de bonos en cinco días calendario

Documento del 16 oct 2026 · hace 9 días

El plazo de entrega de los bonos es de cinco días calendario desde la certificación del contrato. Para 5,000 bonos impresos en papel de seguridad y numerados, ese plazo puede limitar la concurrencia a proveedores con capacidad de suministro inmediata; conviene comprobar su proporcionalidad con los estudios previos y la oferta disponible en el mercado.

“La entrega de los bienes adjudicados no podrá exceder cinco (5) días calendario, posterior a la certificación del contrato.” (pág. 6, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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