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Documento

PL-GD-03 Política de Conflicto de Intereses.pdf

ADQUISICION DE BONOS ALIMENTARIOS PARA COLABORADORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO · Dirección General de Presupuesto

Publicado el 16 oct de 2026Fechado el 11 jul de 20247 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DIGEPRES-CCC-CP-2026-0004

Lo que dice

La Dirección General de Presupuesto presenta su Política de Conflicto de Intereses, versión 2, fechada el 12 de julio de 2024. El documento establece responsabilidades, mecanismos de declaración y seguimiento de conflictos, y medidas para gestionarlos; también contiene una prohibición general relativa a proveedores constituidos por servidores públicos activos.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición general a proveedores vinculados con servidores públicos

Documento del 16 oct 2026 · hace 10 días

La política formula una prohibición general para adjudicar a suplidores constituidos por servidores públicos activos en el Estado. La Ley 47-25 establece inhabilidades absolutas y relativas con alcances específicos, por lo que conviene verificar cómo se aplica esta regla y si podría excluir participantes que no estén comprendidos en esas inhabilidades.

“No se podrá adjudicar ningún proceso de compras o contrataciones de bienes o servicios a suplidores que estén constituidos por servidores públicos activos en el estado” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Consecuencia contractual expresada de forma amplia

Documento del 16 oct 2026 · hace 10 días

La política contempla cancelar la relación o finalizar cualquier contrato por incumplimiento de sus lineamientos, sin precisar en este apartado los supuestos ni el procedimiento para hacerlo. Debe verificarse que cualquier decisión contractual se ajuste a las causas y al procedimiento de rescisión previstos en la ley.

“Como régimen de consecuencias puede resultar en la cancelación de la relación o la finalización de cualquier contrato que se firmara con las empresas o contratistas que incumplan los lineamientos establecidos en esta política” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 157 · Ley 47-25, art. 158 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 157 — Rescisión del contrato

Artículo 157.- Rescisión del contrato. Serán causas de rescisión del contrato las siguientes: 1) Razones fundadas de interés público o seguridad nacional; 2) La imposibilidad de ejecutar las prestaciones inicialmente previstas, cuando no sea posible cumplir con las condiciones fijadas para la modificación de los contratos o cuando el proveedor ejerza su derecho de renuncia ante modificaciones que impliquen variaciones mayores a un veinticinco por ciento (25%) del precio inicial; 3) Cuando el proveedor ejerza su derecho de renuncia a la ejecución del contrato por una demora del pago mayor a ocho (8) meses; 4) La grave afectación al interés público de las condiciones necesarias para…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 158 — Condiciones aplicables a la rescisión del contrato

Artículo 158.- Condiciones aplicables a la rescisión del contrato. Toda institución contratante que ejerza la potestad de recisión del contrato, sin perjuicio de lo establecido en la presente ley, deberá observar y aplicar las condiciones siguientes: 1) La rescisión del contrato deberá ser decidida por la máxima autoridad de la institución contratante; 2) La rescisión podrá ser declarada a iniciativa de la institución contratante, para lo cual se agotará el procedimiento previsto para el ejercicio de las potestades especiales o a solicitud del proveedor en los supuestos que lo habilitan al efecto; 3) La solicitud de rescisión comunicada por el proveedor deberá estar debidamente fundamentada…

Otros documentos del proceso (18)

  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 16 oct de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 16 oct de 2026
  • SNCC_F033_Oferta_Economica.docxDocumento · 16 oct de 2026
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 16 oct de 2026
  • FO-AF-18 Formulario Debida Diligencia y Declaración de Conflicto de interés (Persona Jurídica).xlsxDebida diligencia · 16 oct de 2026
  • FO-AF-16 Formulario Debida Diligencia y Declaración de Conflicto de interés (Persona Física).xlsxDebida diligencia · 16 oct de 2026
  • Contrato_Ejecucion_de_Servicios.docxContrato · 16 oct de 2026
  • Contrato_Ejecucion_de_Servicio_Consultoria.docxContrato · 16 oct de 2026
  • Contrato_Ejecucion_de_Bienes.docxContrato · 16 oct de 2026
  • AC-AF-01 Declaración de Conocimiento y Aceptación del Código y Políticas Institucionales.docxDocumento · 16 oct de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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