El acta administrativa, fechada el 2026-10-15, autoriza iniciar el proceso SRSEN-DAF-CM-2026-0036 para contratar el servicio de combustible mediante Contratación Menor. Consigna una certificación de apropiación presupuestaria por RD$1,668,215.62, emitida el 2026-10-08.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (27 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este proceso se clasificó como Contratación Menor y su estimado es RD$1,668,215.62. Sumado al estimado de RD$1,584,057.37 del proceso de combustible convocado el 2026-07-22, dentro de menos de tres meses, alcanza RD$3,252,272.99, por encima del máximo de RD$2,010,835.37 para Contratación Menor en 2026; corresponde verificar si fueron necesidades independientes o una contratación fraccionada. El plan anual registra compras trimestrales de combustible, contexto que también debe considerarse al verificarlo.
“Este procedimiento de selección según los umbrales establecidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas para el año dos mil veintiséis (2026), corresponde a la modalidad de compra menor.” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
El acta consigna una apropiación de RD$1,668,215.62; el portal registra un contrato con Barahon Comb, SRL por RD$1,725,837, una diferencia de RD$57,621.38. Conviene verificar si hubo una modificación o apropiación adicional antes del compromiso.
“Se ha verificado que ha sido emitido el Certificado de Apropiación Presupuestaria, de fecha 8/10/2026, por un monto total ascendente a un millón seiscientos sesenya y ocho mil doscientos quince con sesenta y dos pesos dominicanos con…” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona