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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación · Acta 2026-036

Acta de adjudicación.pdf

Contratación de agencia especializada en servicios integrales de colocación masiva, elaboración de estrategias de comunicación, manejo de medios y monitoreo, destinados a informar, concientizar, difun… · Dirección General de Alianzas Público Privadas

Publicado el 12 oct de 2026Fechado el 11 oct de 20264 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.2047643»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGAPP-CCC-CP-2026-0004

Lo que dice

El Acta núm. 2026-036, fechada el 12 de octubre de 2026, aprueba la evaluación económica y adjudica a L. A. Capuchin, S.R.L. la contratación simplificada por RD$4,810,000.00, impuestos incluidos. El comité registra que Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo, (CID) S.R.L. quedó descalificada tras no subsanar documentos y obtener menos del puntaje mínimo; por ello, solo la oferta de Capuchin pasó a evaluación económica. El acta consigna que la oferta adjudicada cumple el pliego y está dentro del presupuesto y del valor referencial de RD$5,000,000.00.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (14 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Adjudicación fechada antes del plazo fijado en el pliego

Documento del 12 oct 2026 · hace 6 días

El pliego del proceso fija el acto de adjudicación para el 14 de octubre de 2026 a las 3:00 p. m.; esta acta de adjudicación está fechada el 12 de octubre. El cronograma del portal no registra un cambio de esa fecha; conviene verificar si hubo una modificación publicada o si la fecha del acta es un error, pues la anticipación altera el calendario comunicado a los participantes.

“En la ciudad de Santo Domingo De Guzmgn, Distrito Nacional, Rep6blica Dominicana, hoy dia doce (12) del mes de octubre del afro dos mil veintis6is (2026)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 descalificado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
L. A. Capuchin, S.R.L.El acta indica que cumplió los requisitos y especificaciones del pliego, obtuvo el puntaje total más alto y fue adjudicada.AdjudicadoÚnicoRD$4,810,000
Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo, (CID) S.R.L.El acta consigna que no subsanó los documentos solicitados dentro del plazo y obtuvo un puntaje inferior al mínimo requerido; no fue habilitada para abrir la oferta económica.DescalificadoÚnico—

Otros documentos del proceso (18)

  • compromiso-etico-de-proveedores (4).docxDocumento · 10 sept de 2026
  • DECLARACION_JURADA_PERSONAS_JURIDICAS.docDocumento · 10 sept de 2026
  • FORMULARIO DEBIDA DILIGENCIA.docxDebida diligencia · 10 sept de 2026
  • MODELO DE CONTRATO DE SERVICIOS.docxContrato · 10 sept de 2026
  • SNCC.F.033 OFERTA ECONÓMICA.docxDocumento · 10 sept de 2026
  • SNCC.F.042 Informacion del oferente (1).docxDocumento · 10 sept de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 10 sept de 2026
  • RESOLUCION DEL COMITE DE COMPRAS Y CONTRATACIONES.pdfInforme pericial · 10 sept de 2026
  • RESOLUCION DEL COMITE DE COMPRAS Y CONTRATACIONES.pdfPliego · 10 sept de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal (2).docxDocumento · 14 sept de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (1).docxDocumento · 14 sept de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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ContextoHallazgo en documentosRD$4.8 millones

Concurrencia efectiva reducida a una oferta económica

Documento del 12 oct 2026 · hace 6 días

El portal registra dos ofertas presentadas y 2,405 proveedores notificados; el acta habilita a una sola empresa para abrir el Sobre B y adjudica su oferta. La descalificación de CID puede estar justificada por los motivos consignados, pero la participación efectiva quedó reducida a un solo precio evaluado y amerita revisar el nivel de competencia alcanzado.

“resulto habilitada para la apertura del Sobre "B" la raz6n social L. A. CAPUCHIN, S.R.L., por cumplir con todas las especificaciones t6cnicas requeridas y por haber obtenido eI mayor puntaje en la evaluaci6n t6cnica.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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ContextoHallazgo en documentosRD$4.8 millones

El portal registra las dos ofertas con monto cero

Documento del 12 oct 2026 · hace 6 días

El acta consigna para Capuchin una oferta de RD$4,810,000.00, mientras que los datos del portal aportados muestran RD$0 para ambas ofertas y estado cargada/pendiente. El portal puede estar desactualizado respecto del acta; conviene verificar la actualización del monto y del resultado para mantener la trazabilidad pública del proceso.

“L. A. Capuchin, S.R.L., present6 una oferta econ6mica por un monto total de (RD$4,810,000.00) cuatro millones ochocientos diez mil pesos pesos dominicanos con 00/100, con impuestos incluidos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 182 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema

Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…

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