El informe técnico justificativo propone tramitar por excepción de emergencia la construcción de la Subestación La Vega 138/69 kV y sus líneas de interconexión, con un costo estimado de RD$694,826,284.70 y un plazo de ejecución de 17 meses. Señala que el contrato anterior núm. 187/2023 fue rescindido tras incumplimientos reiterados y paralización prolongada, y cita el Decreto 132-26 como autorización para contratar obras destinadas a fortalecer la red de transmisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe relaciona la excepción con la rescisión del contrato anterior y con la importancia de la obra, pero no describe un hecho concreto que permita verificar cuál de las causas de emergencia previstas en la ley se configura. El Decreto 132-26 citado declara de emergencia contrataciones para fortalecer la red, por lo que conviene comprobar en el expediente la conexión de esas circunstancias con esta obra específica.
“durante el desarrollo contractual se presentaron incumplimientos reiterados por parte del contratista que provocaron una paralización prolongada de los trabajos y un incumplimiento sustancial de las obligaciones asumidas, situación que…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
El informe afirma que el proyecto forma parte de la ampliación del sistema de transmisión; según el cruce del Plan Anual de Contrataciones aportado para esta revisión, no se identificó un renglón del mismo tipo de bien en los planes consultados. Conviene verificar la clasificación del renglón y si el PAC fue actualizado para incluir esta contratación; como antecedente contextual, la Cámara de Cuentas había señalado problemas de evidencia de planes anuales en períodos anteriores de ETED.
“Este proyecto forma parte del Proyecto de la Ampliación del Sistema 138 kV en la Zona Norte del país, contemplado y actualizado en la Revisión del Plan de Expansión de Transmisión de la ETED.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona