Recomendación de adjudicación tras evaluación económica unipersonal
· hace 8 días
El informe registra que REPM fue el único oferente evaluado económicamente y recomienda adjudicarle RD$6,120,070.00. El monto es RD$176,410 (aproximadamente 2.8 %) inferior al estimado de RD$6,296,480; al no haber otra oferta habilitada para comparar precios, corresponde revisar el alcance de la competencia efectiva y la razonabilidad del precio.
“REPM CONSTRUCTION, S.R.L. | CUMPLE | Adjudicar para el Item 1 Por un monto de RD$6,120,070.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
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