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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES..pdf

CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRES (03) CAMIONES DE 11 YARDAS PARA LA RECOGIDA DE DESECHOS SOLIDOS. · Ayuntamiento Municipal de Sosúa

Publicado el 4 oct de 2026Fechado el 28 sept de 202641 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMSO-CCC-CP-2026-0003

Lo que dice

El pliego, fechado el 29 de septiembre de 2026, establece condiciones para el proceso AMSO-CCC-CP-2026-0003, aunque contiene descripciones que no coinciden entre sí ni con el servicio convocado. Fija un valor referencial de RD$8,024,000 y prevé pagos mensuales de RD$540,000 por los tres camiones; además, incluye requisitos de elegibilidad, evaluación, garantías y ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentosRD$8 millones

Objeto y valor referencial no coinciden con el servicio convocado

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

El proceso se describe como servicio de tres camiones compactadores de 11 yardas, pero la ficha técnica requiere un camión grúa telescópica elevadora y el valor referencial de RD$8,024,000 corresponde a esa compra. El portal registra un estimado de RD$5,940,000 para el servicio; además, el valor del pliego supera el máximo de RD$6,436,757.50 de la contratación simplificada para servicios convocada en 2026, lo que amerita verificar qué objeto y presupuesto rigen la competencia.

“Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRES CAMIONES COMPACTADORES DE 11 YARDAS… CAMION GRUA TELESCÓPICA ELEVADORA 18 20 METROS, AÑO 2026, 0 KM.” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía

Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

La validez de las ofertas vencería antes del cierre registrado

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

El pliego indica que las ofertas deben estar vigentes hasta el 14 de octubre de 2026, pero el portal registra el cierre de recepción para el 16 de octubre. Así, la fecha de vencimiento señalada precede incluso al cierre de ofertas y puede generar incertidumbre sobre la vigencia de las propuestas.

“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 14/10/2026” (pág. 13)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas

Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.

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Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas

Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…

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A revisarHallazgo en documentos

Garantía del anticipo fijada en 1% pese a un anticipo del 30%

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

El pliego ofrece un anticipo del 30% a proveedores no MIPYME, pero dispone que la garantía de buen uso sea de tipo 1% y que cubra la totalidad del avance. El reglamento fija que esta garantía debe cubrir el total del anticipo, por lo que la base indicada del 1% requiere aclaración antes de formalizar la ejecución.

“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral AMSO-CCC-CP-2026-0003 que asciende a 30 % de anticipo descrito en el este pliego para los proveedores que no son MiPymes, se ha” (pág. 26)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 210 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo

Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.

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Permite subcontratar hasta 50% sin limitarlo a subcontratistas MIPYME

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

La cláusula permite subcontratar hasta el 50% del monto de las tareas sin condicionar ese límite a que los subcontratistas sean MIPYMES. La Ley permite hasta 45% como regla general y contempla el 50% de manera especial cuando las empresas subcontratadas sean MIPYMES.

“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con el numeral 2) del artíc” (pág. 28)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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El criterio de adjudicación y partes de la evaluación quedan sin definir

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

El apartado de criterio de adjudicación aparece sin contenido y la tabla de evaluación económica conserva instrucciones de plantilla para insertar si se adjudicará por precio o costo. También quedan campos para insertar criterios financieros, por lo que el pliego no deja completamente determinados los parámetros con los que se compararían las ofertas.

“12.3 Criterio de adjudicación … Propuesta económica Criterio a evaluar Documento a evaluar Cumple/ No Cumple … Ser la oferta de menor/ costo [insertar si será a precio o costo según establecido en el pliego” (págs. 3-18)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Requisitos de experiencia y disponibilidad local pueden restringir oferentes

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

Para un servicio de camiones, el pliego incluye experiencia de más de cinco años y una carta de disponibilidad de repuestos y mantenimiento en la región del Cibao. No se explica en el texto por qué esos requisitos son necesarios o proporcionales al objeto, y podrían limitar la participación de empresas con capacidad de prestar el servicio pero sin esa antigüedad o presencia acreditada en la región.

“• Experiencia de mas de 5 años en el mercado el cual se tomará como referencia el registro mercantil. • Carta de disponibilidad de repuesto y mantenimiento en la región del Cibao.” (pág. 11)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Fija hasta 20 días hábiles para suscribir el contrato

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

El pliego permite un plazo de hasta 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, mientras que la Ley fija un máximo de 10 días hábiles para suscribir el contrato. La diferencia puede afectar la secuencia y los plazos de formalización.

“El contrato entre Ayuntamiento de Sosúa y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contado” (pág. 25)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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ContextoHallazgo en documentos

El pliego usa una denominación de procedimiento distinta a la registrada

Documento del 4 oct 2026 · hace 25 días

Además de la denominación «Compra Menor» ya registrada como hallazgo en otro documento, este pliego llama al proceso «licitación pública simplificada», aunque el portal lo registra como Comparación de Precios. La coexistencia de denominaciones distintas puede confundir a los participantes sobre las reglas aplicables.

“De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 47-25 este procedimiento licitación pública simplificada con el número de Referencia AMSO-CCC-CP-2026-0003” (pág. 18)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 55 · Ley 47-25, art. 56 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 55 — Procedimientos ordinarios de selección

Artículo 55.- Procedimientos ordinarios de selección. Serán considerados procedimientos ordinarios de selección de proveedores los siguientes: 1) Licitación pública; 2) Licitación pública abreviada; 3) Subasta inversa; 4) Sorteo de obras; 5) Contratación simplificada; 6) Contratación menor; 7) Contratación directa sujeta al umbral.

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Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos

Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.

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Otros documentos del proceso (7)

  • ACTA DE APROBACION DEL PROCEDIMIENTO.pdfInforme pericial · 4 oct de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE PARTIDA PRESUPUESTARIA.pdfCertificación de fondos · 4 oct de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de servicio.pdfSolicitud de compra · 4 oct de 2026 · 1 señal
  • DICT.pdfPliego · 4 oct de 2026 · 1 señal
  • DICT.pdfDocumento · 4 oct de 2026
  • Especificaciones tecnicas del camion compactaor.pdfPliego · 4 oct de 2026 · 4 señales
  • ACTA DE APROBACION DEL PROCEDIMIENTO.pdfPliego · 4 oct de 2026 · 3 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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