Las especificaciones técnicas, fechadas el 30 de junio de 2026, describen la contratación de una agencia para diseñar piezas y campañas institucionales, con una vigencia de seis meses y un monto estimado de RD$5,000,000 según el portal. El portal registra convocatoria del 5 de octubre y cierre de ofertas el 13 de octubre de 2026; el documento exige certificaciones fiscales y de seguridad social al día, y deja abierto el volumen de piezas y ajustes requeridos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra del 5 al 13 de octubre de 2026 para presentar ofertas. La especificación describe servicios creativos y campañas a medida; si se trata de servicios no comunes ni estandarizados, el artículo 101 exige al menos diez días hábiles, por lo que el plazo indicado merece verificarse. El portal clasifica el objeto como servicio común y estandarizado, clasificación que incide en el mínimo aplicable.
“Conceptualización creativa de campañas institucionales. Desarrollo del concepto e identidad visual. Diseño gráfico de piezas publicitarias.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Artículo 4.- Definiciones. Para la aplicación de este reglamento se tomarán en cuenta las siguientes definiciones: 1. Catálogo Temático: Herramienta que permite organizar los bienes y servicios en función de los sectores o ámbitos de políticas públicas priorizadas por el gobierno. 2. Catálogo de Bienes y Servicios: Instrumento mediante el cual se implementa el Clasificador UNSPSC y que permite la identificación de los productos y servicios susceptibles de ser adquiridos o contratados por el Estado dominicano. 3. Criterio de adjudicación: Regla definida en el pliego de condiciones que establece la base sobre la cual se seleccionará la propuesta más conveniente —ya sea la mejor relación…
La ficha fija seis meses de servicio, pero no determina cantidades de campañas o piezas ni limita los ajustes y modificaciones solicitados. Esa amplitud puede dificultar comparar ofertas sobre una prestación equivalente y verificar el alcance contratado; conviene contrastarla con el pliego completo y sus criterios de valoración.
“Ajustes y modificaciones conforme a los requerimientos del Ministerio.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
La ficha pide a todo oferente certificación de estar al día en obligaciones fiscales y de seguridad social. La Ley permite que las MIPYMES participen aun con obligaciones pendientes si el incumplimiento no supera seis meses; la exigencia, tal como está redactada, podría excluir a esas empresas si no se matiza en el pliego aplicable.
“d) Certificación de estar al día en el pago de sus obligaciones fiscales (DGI) y de la seguridad social (TSS).”
Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona