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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

Informe Justificativo.pdf

ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE PARA USO DE OFICINAS DEL VICEMINISTERIO DE ASUNTOS REGISTRALES Y SERVICIOS A LA CIUDADANIA · Ministerio de Justicia

Publicado el 2 oct de 202615 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINJUS-CCC-PEIN-2026-0002

Lo que dice

El informe, fechado únicamente como septiembre de 2026, justifica seleccionar directamente los locales A-1 y A-2 del Condominio Independencia I para oficinas y atención ciudadana del Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía. Describe 260.17 m², 67 parqueos, una renta mensual de US$5,310 y un costo total estimado de RD$8,809,290, incluidos depósitos y adelantos; recomienda además requerir documentación adicional sobre la habilitación de Inmobiliaria Armari, S.A. para arrendar el inmueble.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$314,618

El presupuesto contempla 25 mensualidades pese al plazo de dos años

Documento del 2 oct 2026 · hace 12 días

El informe proyecta 3 mensualidades en 2026, 12 en 2027 y 10 en 2028, para 25 mensualidades, aunque describe el arrendamiento como de dos años. La diferencia podría corresponder a las fechas efectivas de inicio y término, que el informe no precisa; debe verificarse el plazo y el costo mensual aplicables en el contrato.

“El arrendamiento se proyecta por un período de dos (2) años, tomando en consideración el carácter transitorio de la necesidad y el tiempo estimado para completar la gestión, adecuación y habilitación de los espacios institucionales definiti”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

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A revisarHallazgo en documentos

El informe presenta un cálculo de renta por metro cuadrado incorrecto

Documento del 2 oct 2026 · hace 12 días

Con la renta mensual consignada de US$5,310 y 260.17 m², el cálculo es aproximadamente US$20.41 por m², no US$19.22. La diferencia afecta la comparación económica que el informe utiliza para sustentar la razonabilidad de la alternativa; además, en otra sección presenta aproximadamente US$20/m².

“El precio mensual propuesto de US$5,310.00 equivale aproximadamente a US$19.22 por metro cuadrado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

A revisarHallazgo en documentos

La titularidad registral y la facultad de arrendar requieren conciliación

Documento del 2 oct 2026 · hace 12 días

El informe identifica a COVINFA, S.A. como titular, pero atribuye a Inmobiliaria Armari, S.A. un aporte en naturaleza y recomienda pedir a COVINFA una declaración sobre los trámites de ese aporte. La documentación citada no permite establecer por sí sola si la cadena de titularidad o habilitación para arrendar está formalmente acreditada; debe verificarse antes de contratar.

“Titular”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

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ContextoHallazgo en documentosRD$8.8 millones

Total del informe (RD$8,809,290) difiere del estimado del portal (RD$8,200,000)

Documento del 2 oct 2026 · hace 12 días

El informe justificativo calcula un total estimado de RD$8,809,290 (25 mensualidades más dos depósitos y un mes adelantado de RD$314,617.50 cada uno), mientras el portal y la solicitud de compra consignan RD$8,200,000 y la solicitud de propuesta registra RD$8,180,055 con 23 mensualidades. El propio informe señala que la estimación deberá armonizarse con la certificación de apropiación presupuestaria y las condiciones definitivas del contrato.

“El monto total estimado del contrato asciende a RD$8,809,290.00, compuesto por veinticinco (25) mensualidades y dos (02) depósitos de y un (01) mes adelantado de garantía.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
INMOBILIARIA ARMARI, S.A.Identificada en el informe como la entidad a favor de la cual se habría transferido el inmueble y como posible arrendadora; el informe recomienda selección directa, pero no consigna que haya presentado oferta en este documento.Mencionado——

Otros documentos del proceso (4)

  • Acta de aprobacion de informe.pdfPliego · 2 oct de 2026
  • Acta de aprobacion de modalidad y peritos.pdfInforme pericial · 2 oct de 2026
  • Solicitud de propuesta PDF.pdfPliego · 2 oct de 2026 · 4 señales
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 2 oct de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Texto oficial completo

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