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Pliego

Pliego de Bienes INFOTEP-CCC-CP-2026-0013.pdf

“Adquisición de equipos tecnológicos para el taller de diseño gráfico para ser utilizados en el Centro de Formación Técnico-Santa Fe, San Pedro de Macorís, dirigido a MiPymes” · Instituto Nacional de formación Técnico Profesional

Publicado el 2 oct de 202643 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INFOTEP-CCC-CP-2026-0013

Lo que dice

El pliego convoca el procedimiento INFOTEP-CCC-CP-2026-0013 para adquirir equipos tecnológicos destinados al taller de diseño gráfico del Centro de Formación Técnico-Santa Fe, reservado a MIPYMES, con un presupuesto base de RD$6,400,000.00. Establece entrega inmediata después de la orden de compra, evaluación cumple/no cumple y adjudicación al menor precio por ítem; fija recepción conforme en 30 días hábiles y un anticipo del 30% para proveedores MIPYMES. El documento contiene condiciones que merecen revisión por su efecto en la participación, la defensa de oferentes y las condiciones financieras del contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (9)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Exige estar al día con DGII y TSS a MIPYMES

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

Aunque el proceso está dirigido a MIPYMES, el pliego exige certificaciones de estar al día con DGII y TSS como documentación financiera. La Ley permite que las MIPYMES participen aun con obligaciones pendientes por un período de hasta seis meses, por lo que esta condición puede excluir a proveedores que podrían acogerse a esa regla.

“Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en la cual se manifieste que el Oferente está al día con sus obligaciones fiscales. Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), en la cual se demues” (pág. 19)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

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A revisarHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Entrega inmediata para un suministro de 29 equipos

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El plazo exigido es entrega «INMEDIATA» tras la orden de compra, sin definir un número de días. Para 25 computadoras y cuatro impresoras, esta condición puede favorecer a quienes ya dispongan de todo el inventario y dificultar la participación de proveedores que necesiten abastecerse.

“El plazo de entrega de los artículos solicitados deberá ser INMEDIATA después de colocada la orden de compras.” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Se niegan intereses por retraso en los pagos

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El pliego afirma que INFOTEP no pagará intereses por retrasos, pese a que la Ley dispone que, si no se paga dentro del plazo aplicable, corresponden los intereses por mora previstos en el contrato. La cláusula puede trasladar al proveedor el costo financiero de una demora institucional.

“El INFOTEP, no pagará bajo ningún concepto interés alguno por retrasos en los pagos.” (pág. 30)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

A revisarHallazgo en documentos

La perfección del contrato queda condicionada a su publicación

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El pliego define que el contrato se perfecciona luego de publicarse en los portales y registrarse en Contraloría. La Ley establece que los contratos se perfeccionan con su formalización; esta condición adicional puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen las obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de INFOTEP en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el caso de las instituciones sujetas a la ” (pág. 28)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Reglamento 52-26, art. 179 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 179 — Formalización del contrato

Artículo 179.- Formalización del contrato. Todos los contratos deben constar por escrito, en soporte físico o digital, y cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley núm. 47-25. Los contratos en formato digital deben utilizar mecanismos de firma electrónica o firma digital reconocidas, conforme a la normativa sobre comercio electrónico. Párrafo. La inclusión de cláusulas de renovación automática en los contratos administrativos celebrados entre las instituciones contratantes y los proveedores no tendrá ningún efecto ni validez jurídica.

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A revisarHallazgo en documentos

Tres años de garantía de fabricante para equipos con plazos distintos

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

Las especificaciones establecen tres años de garantía para computadoras y un año para impresoras, pero la documentación técnica exige una certificación del fabricante de tres años para los equipos ofertados. Esa diferencia puede imponer a las impresoras un requisito superior al descrito para ellas y restringir la participación.

“El periodo de garantía será de tres (3) años como mínimo para las computadoras, y un año (1) mínimo para las impresoras. … Certificación de garantía del fabricante, indicando una garantía mínima de tres (3) años para los equipos ofertados, ” (págs. 6-13)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

A revisarHallazgo en documentos

El plazo de defensa en la debida diligencia es de tres días

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El pliego prevé tres días hábiles para que el oferente responda a indicios que pueden conducir a su descalificación. El Reglamento establece cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; conviene verificar cómo se aplicaría este plazo en una eventual exclusión.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.” (pág. 25)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · Ley 47-25, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

A revisarHallazgo en documentos

Exige ambos códigos de actividad aunque se oferte un solo ítem

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El pliego permite ofertar uno o varios ítems, pero exige a cada oferente que su RPE incluya las actividades de computadoras y máquinas multifuncionales. Un proveedor que participe únicamente por uno de esos ítems podría quedar sujeto a acreditar también la actividad correspondiente al otro.

“RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial … Computadores de escritorio … los ofertes interesados podrán” (págs. 12-21)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Recepción conforme fijada en 30 días hábiles

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El pliego fija hasta 30 días hábiles para emitir la recepción conforme de los bienes, frente al plazo ordinario de hasta 10 días hábiles previsto en el Reglamento, que admite que el pliego establezca otro. El plazo extendido merece seguimiento por su posible impacto en la aceptación y el cobro de los bienes.

“la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo treinta (30) días hábiles, a partir del día siguiente de notificada entrega de los bienes.” (pág. 31)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 184 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 184 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios

Artículo 184.- Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorga dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se establezca uno distinto. Dicho plazo comienza a correr a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de entrega de los bienes o servicios, o al vencimiento del período previsto en el pliego de condiciones o en el contrato. Una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor puede intimar a la recepción. Si la institución contratante no se pronuncia dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la intimación, los bienes o servicios se…

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ContextoHallazgo en documentos

El cronograma no identifica publicación en periódicos

Documento del 2 oct 2026 · hace 1 mes

El cronograma identifica como medios de publicación el SECP y el portal institucional, pero no menciona los periódicos impresos. La Ley establece además la publicación de la convocatoria en periódicos de circulación nacional durante dos días consecutivos; el cronograma no permite confirmar que esa exigencia esté prevista.

“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional” (pág. 8)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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FICHA-TECNICA-IMPRESORAS.pdfPliego · 2 oct de 2026 · 2 señales
  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 2 oct de 2026 · 3 señales
  • Circular informativa CP-0013.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular informativa CP-0013.pdfCircular · 12 oct de 2026